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Los cambios más significativos del nuevo CTE, recién aprobado

Por Tania Alvarez
Tras su entrada en vigor el pasado 28 de diciembre, la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores explica las principales modificaciones del nuevo Código Técnico de Edificación, que será de obligada aplicación para aquellas obras que soliciten su licencia municipal a partir del 28 de junio.

El pasado 27 de diciembre se publicaba en el BOE el Real Decreto 732/2019 por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE) del año 2006, y que el lector puede ver al detalle en nuestra sección de ‘Descargables’.

La nueva normativa, que entró en vigor un día después de su publicación oficial, el 28 de diciembre de 2019, será de obligada aplicación para las obras de nueva construcción y para las intervenciones en edificios existentes, en ambos casos, cuando se solicite licencia municipal de obras a partir del 28 de junio de 2020 (transcurrido el plazo de seis meses desde su entrada en vigor).

Los principales cambios

Con el fin de adaptarlo a la regulación europea, la nueva normativa trae consigo una serie de modificaciones que la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores (CNI) detalla en las siguientes áreas:

• Cambios en el Documento Básico DB-HE de «Ahorro de energía», se revisan los valores mínimos de eficiencia energética que deben cumplir los edificios (Anejo I, pág. 140526).

Nueva sección en el Documento Básico DB-HS de «Salubridad», HS 6 «Protección frente a la exposición al radón» (Anejo II, pág. 140569): Se obliga a que, en los edificios situados en los términos municipales en los que se ha apreciado un nivel de riesgo no despreciable, se dispongan los medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición inadecuada en su interior, a radón procedente del terreno, y se establecen los criterios para la verificación y justificación de su cumplimiento.Asimismo, se dividen los municipios de España en tres zonas y en función de la zona deberán cumplir determinados requisitos para verificar el cumplimiento del nivel de referencia.

Así, se establecen medidas en función del tipo de edificio y su localización geográfica como:

– una barrera de protección entre el terreno y los locales habitables de edificio

– un sistema adicional que podrá ser un espacio de contención ventilado mediante ventilación natural o mecánica; o bien, un sistema de despresurización del terreno que permita extraer los gases contenidos en el terreno colindante al edificio

– creación de una sobrepresión en el interior del local habitable mediante la introducción de aire del exterior

instalación de detectores para la determinación del promedio anual de concentración de radón en el aire de los locales habitables de edificios

radon vivienda

Ilustración sobre Cómo entra el radón en la vivienda

• Modificaciones en el Documento Básico DB-SI «Seguridad en caso de incendio», modificación en el apartado de “Propagación exterior” para adaptar las exigencias reglamentarias a la transformación que se está experimentando en la composición de los cerramientos exteriores de edificios en los últimos tiempos, tanto por la propia innovación tecnológica del sector, como por las crecientes exigencias de la normativa en materia de eficiencia energética.

Cuando se cita una disposición reglamentaria en este DB debe entenderse que se hace referencia a la versión vigente en el momento en el que se aplica el mismo. 

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