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La futura normativa regulará los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social.
La futura normativa regulará los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social.

El Real Decreto sobre ayudas a la rehabilitación se somete a información pública

Mediante el trámite de información pública, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones pueden aportar opiniones y observaciones que permitan enriquecer el texto definitivo, que continuará entonces con la tramitación administrativa y su aprobación final.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha abierto el plazo para someter a información pública el Real Decreto por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El texto se puede consultar en la web del Mitma

Tras la aprobación del Plan de Recuperación por parte de la Comisión Europea, comienza ahora el proceso de tramitación con el objetivo de movilizar 4.420 millones de euros para la rehabilitación para la recuperación económica y social de entornos residenciales y para la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes. La tramitación se realizará en las próximas semanas y la inversión se ejecutará hasta 2026.

Mediante el trámite de información pública, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones pueden aportar opiniones y observaciones que permitan enriquecer el texto definitivo, que continuará entonces con la tramitación administrativa y la aprobación final.

En el ámbito de la rehabilitación, todas las ayudas reguladas en este Real Decreto están condicionadas y moduladas por los ahorros energéticos que se obtengan con la actuación, pero parten del concepto de rehabilitación integral en el contexto de una mayor calidad del entorno construido, objetivo fundamental de la Agenda Urbana Española.

La figura del gestor de la rehabilitación

En el Real Decreto, adquiere una especial relevancia el agente o gestor de la rehabilitación, es decir, la persona o entidad que pueda realizar actuaciones de impulso, seguimiento, gestión de ayudas públicas y acceso a la financiación, así como la elaboración de documentación o proyectos técnicos, entre otras actuaciones necesarias para el desarrollo de las iniciativas de rehabilitación o mejora que se puedan financiar a través de alguno de los programas recogidos en él.

Por otro lado, el Real Decreto abre la puerta a que puedan subvencionarse documentos técnicos como el Libro del Edificio Existente, que ofrece a las comunidades de propietarios el potencial de mejora de su edificio y una posible planificación de actuaciones. También permitirá dar apoyo a las ‘oficinas de rehabilitación’ que puedan implementar las distintas administraciones y cuyo objetivo consiste en coordinar, informar y facilitar la gestión de las ayudas y la prestación de servicios que contribuyan a agilizar la implementación y la gestión integral de los proyectos de rehabilitación energética en el ámbito residencial al servicio de los ciudadanos, comunidades de propietarios, empresas y agentes rehabilitadores.

De los 4.420 millones de euros, el Real Decreto destina 1.000 millones de euros para el fomento e incremento del parque público de viviendas energéticamente eficientes para alquiler social, mediante la promoción de viviendas de nueva construcción o rehabilitación de edificios no destinados actualmente a vivienda, sobre terrenos de titularidad pública. 

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