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De izquierda a derecha; Mario Rial (responsable del Departamento Técnico de CONAIF), Ángel Hernando (Ponente de la Comisión de Agua de CONAIF), Albert Soriano (Vocal de la Comisión de Agua de CONAIF), y Marisa Pérez (jefa de soluciones HVAC Saint Gobain Solutions).

Día Mundial de la Fontanería: CONAIF repasa la normativa de calidad de agua y legionella

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
CONAIF ha organizado una jornada que ha servido para repasar las dos nuevas normativas que han entrado en vigor este año y que afectan al sector de la fontanería: el Real Decreto de calidad de agua de consumo humano y el de legionella.

Con motivo de la celebración del Día Mundial de la Fontanería este 11 de marzo, CONAIF ha organizado una jornada en formato híbrido que ha servido para repasar las dos nuevas normativas que afectan a los profesionales del sector.

Se trata del Real Decreto sobre calidad de agua de consumo humano, y el Real Decreto sobre Legionella, que han entrado en vigor en el mes de enero de este año.

Real Decreto sobre calidad de agua

Albert Soriano, vocal de la Comisión de Agua de CONAIF, se encargó de desgranar los aspectos prácticos del Real Decreto 3/2023 sobre la calidad de agua de consumo humano.

La normativa afecta a instalaciones de captación y distribución en alta, en baja y acometidas e instalaciones interiores en edificios prioritarios.

De hecho, los edificios prioritarios (hospitales, colegios, hoteles, residencias) están obligados a elaborar un Plan Sanitario de Agua (PSA). Si no lo hacen, pueden enfrentarse a multas de 3.000 hasta 60.000 euros.

Para facilitar la elaboración de los PSA, el Ministerio de Sanidad pone a disposición de los titulares de estos edificios una guía metodológica.

El Real Decreto también define que los materiales que pueden utilizarse en contacto con el agua no deben poner en peligro la salud humana, afectar al color o sabor del agua o favorecer el crecimiento microbiano.

Por último, la legislación establece que el personal propio de la empresa de fontanería controlada debe contar con la cualificación profesional mínima para la actividad que desempeñe.

En este sentido, el Ministerio de Educación “establecerá y actualizará los desarrollos curriculares y criterios formativos que permitan garantizar unos niveles mínimos de capacitación para cumplir con lo anterior antes de 2030″.

Mario Rial, responsable del Departamento Técnico de CONAIF, se encargó de moderar la jornada que se celebró en Madrid.

Real Decreto sobre Legionella

Ángel Hernando, ponente de la Comisión de Agua de CONAIF, también explicó cuáles son los principales cambios que ha supuesto la entrada en vigor del nuevo Real Decreto 487/2022, de Legionella, Fontanería y Salud Pública.

El ámbito de aplicación de este Real Decreto son aquellas instalaciones que puedan “ser susceptibles de convertirse en focos de exposición humana durante su funcionamiento, pruebas de seo mantenimiento.

Quedan excluidas las instalaciones ubicadas en edificios destinados al uso exclusivo de vivienda, siempre y cuando no afecten al ambiente exterior de estos edificios.

El Real Decreto fija que la responsabilidad principal corresponde al titular de las instalaciones, que puede recurrir a empresas de servicios para la realización de las operaciones de prevención y control de Legionella.

Además, establece que las nuevas instalaciones y las existentes cuando se sometan a remodelación, así como cuando lo considere necesario la autoridad sanitaria por razones de protección de la salud, contarán con una declaración responsable del cumplimiento de estos requisitos.

Elaboración de Plan de Prevención y Control

Por otro lado, el titular de la instalación puede recurrir a la implantación de un Plan de Prevención y Control de Legionella o un Plan Sanitario.

Las personas titulares de las instalaciones deberán actualizar estos planes en un plazo de un año desde la entrada en vigor de este real decreto. Para las instalaciones existentes con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto se establece un periodo transitorio de dos años por el cumplimiento de aquellos requisitos específicos.

Obligaciones sobre los depósitos de agua

Por último, los depósitos de agua fría mantendrán la temperatura del agua lo más baja posible, y las tuberías estarán suficientemente alejadas de las de agua caliente o aisladas térmicamente.

En el caso de los depósitos de agua caliente, si tienen una capacidad superior a 750 litros deberán disponer de boca de registro fácilmente accesible con un diámetro mínimo de 400 mm. Por su parte, los de menos de 750 litros y los interacumuladores de doble tanque estarán provistos de los accesos de inspección, limpieza y vaciado.

Cabe señalar que la jornada se cerró con una ponencia de Marisa Pérez, jefa de soluciones de HVAC Saint Gobain Solutions sobre aislamiento de tuberías sostenible y eficiente.

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