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Sanidad responde a las preguntas más frecuentes sobre el nuevo Real Decreto de Legionella

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
Uno de los aspectos recogidos en la normativa que entraron en vigor el pasado 2 de enero de 2024 fue la obligatoriedad de establecer un Plan de prevención de legionelosis, que obliga al titular de la instalación a controlar y prevenir su aparición y proliferación.

Ante las dudas generadas por el nuevo Real Decreto 487/2022, que entró en vigor el pasado mes de enero de 2023 y establece los requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, el Ministerio de Sanidad ha emitido recientemente un documento con respuestas a las cuestiones o preguntas más frecuentes.

La nueva normativa establece un aumento de las responsabilidades más allá de quien es titular de la instalación, la ampliación del número de instalaciones de riesgo, y las medidas de control y mantenimiento. De esta manera, se obliga a incrementar el número de toma de muestras de agua en las instalaciones o reforzar los requisitos de calidad de agua, entre otras cuestiones.

Uno de los aspectos recogidos en la normativa que entraron en vigor el pasado 2 de enero de 2024 fue la obligatoriedad de establecer un Plan de prevención de legionelosis. Esta exigencia obliga al titular de la instalación a controlar y prevenir su aparición y proliferación.

Para ello, podrá optar entre elaborar un PPCL (Plan de prevención y control de legionelosis) o un PSL (Plan Sanitario frente a Legionella) con el objetivo principal de minimizar la presencia, proliferación y dispersión de aerosoles.

Desde el Ministerio de Sanidad explican que el PPCL deberá contar con un diagnóstico inicial, así como programas de mantenimiento y revisión, tratamiento, formación, muestreo y análisis, mientras que el PSL tendrá que recoger aspectos como la evaluación del riesgo, a través de la identificación de peligros, priorización de riesgos, localización de puntos críticos, o descripción de las medidas correctoras y verificación.

Formación en los planes de prevención

La necesidad de dotar de formación a los empleados que participan en las tareas de prevención y control de Legionella ha sido una de las cuestiones que más controversia han causado. Y es que, según se especifica en el Real Decreto, la formación del personal que está implicado en estas actividades deberá abordar los contenidos relativos al papel y actividad desempeñada por cada trabajador.

De esta manera, la formación incluirá también al personal propio o de empresas de servicios a terceros que realicen operaciones menores en la prevención y control de Legionella, la persona responsable técnica de PPCL o PSL, así como al personal que desempeñe actividades relativas al programa de tratamiento, como la medición de biocida, temperatura, pH, turbidez, o purgas de puntos de poco uso.

En este caso, la persona responsable de que exista esta formación es el titular de la instalación.

De la prevención a las instalaciones de riesgo

En cuanto a las medidas preventivas en las instalaciones, la nueva normativa establece una serie de pautas. Algunas de ellas son: evitar las condiciones que favorecen la supervivencia y la multiplicación de Legionella mediante el control de la temperatura del agua y su desinfección, minimizar la emisión de aerosoles, aplicar medidas correctoras para minimizar el riesgo de contagio, o asegurarse de la eliminación de la suciedad y los estancamientos a través de un buen diseño y mediante el correcto mantenimiento de las instalaciones.

Además, es importante aclarar que la nueva normativa considera como instalación y equipo de riesgo a cualquier elemento que pulverice agua, entre los que se encuentran los sistemas de agua sanitaria, torres de refrigeración y condensadores evaporativos, sistemas de agua contra incendios, fuentes ornamentales y transitables, sistemas de riego…

Así las cosas, quedan excluidas del ámbito de aplicación las instalaciones ubicadas en edificios dedicados al uso exclusivo de vivienda, siempre y cuando no afecten al ambiente exterior de los edificios.

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