La Fundación Laboral de la Construcción está enviando cartas a empresas instaladoras exigiendo el canon de la construcción basado en el 0,25 % del las cuotas de la Seguridad Social, un pago que los profesionales del sector no están obligados a abonar.
CNI ha recordado que las empresas instaladoras están exentas del pago del canon de la construcción basado en el 0,25 % de las cuotas de la Seguridad Social que está demandando la Fundación Laboral de la Construcción a través del envío de cartas a algunas compañías del sector.
El canon de la construcción no afecta a los trabajadores del sector del metal que entran en obra (los instaladores), que ya no se rigen por el Convenio de la Construcción.
Desde CNI Instaladores han explicado que el envío de cartas a empresas del sector del metal por parte de la Fundación Laboral de la Construcción se repite de forma recurrente todos los años, exigiendo un canon que solo tienen que abonar de manera obligatoria las empresas afectadas por el ámbito de la construcción.
La recomendación lanzada por la Confederación Nacional de Instaladores a todas las empresas que reciban esta carta es que no abonen ningún tipo de cuota. En los casos en los que el canon ya haya sido pagado por error, las empresas pueden interponer una demanda para recurrir.
Además, en el caso de recibir alguna notificación posterior por la vía administrativa, los instaladores deberían recurrir para evitar la reclamación del Juzgado, lo que no conlleva ningún tipo de coste. Todas las demandas que se han solventado en los Juzgados por este motivo han sido resueltas a favor de las empresas instaladoras.
Las razones de la solicitud del canon
Desde CNI Instaladores explican que los CNAEs del metal se incluyen en la división de la construcción y “no es posible separarlos de este apartado” por tratarse de una norma internacional.
Sin embargo, el hecho de que estén incluidos en la construcción no implica que pertenezcan a este sector, ya que “su ámbito funcional son los convenios de la industria del metal“.
Por este motivo, “es importante que las empresas instaladoras especifiquen siempre el número de convenio del metal al que están sometidas, junto al CNAE. De esta forma, la Seguridad Social comprobará correctamente su actividad”, finalizan desde CNI Instaladores.