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Normativa de almacenamiento y transporte de gases refrigerantes: cómo afecta a los instaladores

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
Las certificaciones y habilitaciones de la empresa y personal, y la garantía de la señalización y ventilación en sus furgonetas y en sus espacios de almacenamiento son algunas de las obligaciones que deben cumplir los instaladores que manipulen gases refrigerantes.

Los gases refrigerantes son esenciales para las instalaciones de climatización y su mantenimiento, y su almacenamiento y transporte se convierte en una de las tareas más relevantes para las empresas instaladoras.

Para realizar un correcto transporte y almacenamiento de estos gases, los instaladores deben cumplir con la normativa, tanto en las certificaciones y habilitaciones de su empresa y personal, como en la garantía de la señalización y ventilación en sus furgonetas y en sus espacios de almacenamiento. A continuación, repasamos las claves de las obligaciones para los profesionales que manipulen HFCs en su día a día:

Principales obligaciones para los instaladores

El Certificado de Manipulador de Gases Fluorados es el único documento que acredita a los profesionales para poder trabajar con este tipo de gases. Por tanto, es lo primero que debe obtener un instalador de climatización o refrigeración.

Además, en aquellos casos en los que transporten más de 1.000 kilogramos de refrigerantes inertes (134a, 407C, 410A), y de 333 kg de refrigerantes inflamables, todos los profesionales deberán cumplir el ADR, un acuerdo europeo que establece los requisitos para el transporte por carretera de mercancías peligrosas en Europa.

Tal y como asegura Susana Rodríguez, presidenta de AEFYT, “el ADR es un conjunto de normas que establecen los requisitos técnicos y administrativos para transportar mercancías peligrosas de manera segura, que cubren desde la clasificación de las mercancías hasta el embalaje, pasando por el etiquetado, documentación, capacitación y seguridad”.

Por último, en el terreno del almacenaje, los instaladores están obligados a seguir los requisitos establecidos en la Instrucción Técnica complementaria IF-13 del RSIF (RD 552/2019).

El peligro aumenta con el R-290

Los posibles riesgos a la hora de transportar refrigerantes se multiplican cuando hablamos del R-290, ya que un accidente con este tipo de gas podría provocar la inflamabilidad del mismo, aumentando las consecuencias y los daños producidos por el siniestro.

Desde AEFYT explican que “a día de hoy no son muchas las instalaciones con este refrigerante y normalmente está precargado en los equipos, por lo que no es muy habitual que las empresas instaladoras tengan que disponer de este gas en su vehículo para tareas de mantenimiento”.

No obstante, recuerdan la importancia de que “los profesionales que trabajen con gas refrigerante R-290 deben llevarlo en sus medios habituales de transporte y en recipientes de muy pequeña carga para evitar riesgos innecesarios“.

¿Y las pólizas de seguros?

A las normativas de obligado cumplimiento se suman las pólizas de seguros que deben contratar los instaladores que manipulen o trabajen con gases refrigerantes, que son fundamentalmente dos: responsabilidad civil y seguro de accidentes.

Así lo confirma a este medio Pedro González, responsable de Empresas y Proyectos de la correduría de seguros Albrok Mediación. Y es que, “mientras la póliza de responsabilidad civil busca cubrir los riesgos derivados de la actividad de instalación ante posibles daños y reclamaciones de terceros, el seguro de accidentes para los trabajadores es obligado por el convenio de los mismos”.

No obstante, los instaladores también están expuestos a otros riesgos en los que no existe la obligatoriedad de contratar una póliza, como la pérdida accidental de gases, advierte González.

Pero, ¿a cuánto pueden ascender aproximadamente los costes de este tipo de pólizas? La respuesta a esta pregunta depende del tamaño y la tipología de la empresa, ya que no es lo mismo un instalador autónomo que una empresa con una facturación elevada.

Tal y como asegura el propio González, “partiendo de la base de un instalador autónomo, hay pólizas desde poco más de 200 euros que van subiendo en función de la facturación y las instalaciones que realice”.

España, punto caliente del comercio ilegal

Según los datos de un estudio publicado por la Agencia de Investigación Ambiental (EIA, por sus siglas en inglés), España es considerada un ‘punto caliente del comercio ilegal de HFC’. De hecho, se identificaron 57 lugares únicos de venta online de gases fluorados en nuestro país, incluidos espacios y sitios web como milanuncios.com.

Una situación que confirma Susana Rodríguez, que reconoce que “desde hace años, España soporta el mayor crecimiento de comercio ilegal debido al Impuesto de gases fluorados, que solamente se aplica en nuestro país”.

Además, “la llegada del nuevo Reglamento europeo F-Gas, que contempla importantes reducciones de gases fluorados (y como consecuencia, unas subidas de precio importantes), está incrementando este comercio ilegal”, indica.

Las principales vías de entrada de estos gases son los puertos europeos (debido a la ausencia de coordinación entre las aduanas de otros países), la carretera (a través de rutas de contrabando en países que no forman parte de la UE o que tienen un menor control aduanero), y la venta de plataformas en línea (que es una parte importante de la distribución ilegal de estos gases).

‘Una tarea de todos’

Desde AEFYT subrayan que la lucha contra el comercio ilegal es “una tarea de todos, desde la administración pública hasta el usuario de las instalaciones, pasando por el instalador profesional”.

“Estas praxis, entre otras consecuencias, traen una pérdida de competitividad para las empresas del sector, lo que empobrece el crecimiento y la capacidad de profesionalización, por lo que es importante que las empresas instaladoras puedan comprar el gas a compañías distribuidoras homologadas por los fabricantes para evitar que puedan ser objeto de fraude”, concluyen.

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