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La justicia reconoce que la exposición al amianto causó la muerte de un instalador de calderas en Vitoria

Por C de Comunicación
El Juzgado de lo Social número 2 de Vitoria reconoce la responsabilidad del INSS, ASEPEYO y la empresa subcontratista mientras que absuelve al Ayuntamiento y a la contratista principal. Desde ASVIAMIE exigen “a las empresas rigurosas medidas preventivas frente al amianto u otros cancerígenos, dado que causan más muertes que los accidentes de trabajo”.

Era 2019 cuando se produjo la muerte de un instalador de calderas que trabajó durante años en equipamientos municipales de Vitoria-Gasteiz, a través de una empresa subcontratista del sector eléctrico. El operario fue víctima de un mesotelioma derivado de una enfermedad profesional causada por la exposición al amianto. Así lo reconoce ahora la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Vitoria, a la que C de Comunicación ha tenido acceso. El documento distribuye las responsabilidades económicas entre el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) y la mutua ASEPEYO.

La justicia reconoce que el instalador fue víctima de una “enfermedad profesional”

Después de haber trabajado en tareas de mantenimiento y reparación de calderas industriales en instalaciones municipales durante distintos periodos entre 1999 y 2017, el profesional falleció en 2019 víctima de una enfermedad profesional. La empresa para la que prestaba servicios (SIS Electricidad) actuaba como subcontrata de Giroa, firma adjudicataria de contratos públicos municipales. 

Ahora, en junio de 2025, el juzgado reconoce que la enfermedad del operario se deriva del contacto prolongado con materiales con contenido en amianto, en espacios reducidos y sin ventilación, sin que los trabajadores recibieran formación ni equipos de protección adecuados. La exposición fue acreditada gracias al testimonio de compañeros de trabajo, pese a que tanto Osalan (Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales) como la Inspección de Trabajo habían señalado en su día que no era posible confirmar dicha exposición. 

El fallo judicial revoca la calificación inicial de “enfermedad común” emitida por el INSS y declara que se trató de una enfermedad profesional, condenando a la empresa subcontratista, al INSS y a ASEPEYO a asumir de manera conjunta las consecuencias económicas. El reparto establecido atribuye el 46,38 % al INSS y el 53,62 % a ASEPEYO. Asimismo, la justicia absuelve tanto al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz como a la empresa contratista principal, al considerar que no tienen responsabilidad directa en los hechos. 

Estrategia “negacionista” de muchas empresas

La Asociación de Víctimas de Amianto de Euskadi (ASVIAMIE) en un comunicado posterior ha mostrado su “satisfacción por la sentencia, en tanto desbarata la estrategia ocultadora y negacionista de las enfermedades del amianto”. 

La organización recuerda la importancia de aplicar estrictos protocolos de seguridad laboral y de realizar evaluaciones técnicas periódicas en instalaciones con materiales potencialmente peligrosos. Asimismo, reclama a las empresas “rigurosas medidas de prevención frente al amianto y otras sustancias cancerígenas, dado que causan más muertes que los accidentes de trabajo”. Por último, asegura que antes o después, las compañías “que ignoran los graves riesgos, incumpliendo las medidas preventivas, pagarán indemnizaciones y recargos de prestaciones por el daño causado”.

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