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FEGECA detalla los principales cambios del RITE.
FEGECA detalla los principales cambios del RITE.

FEGECA detalla los principales cambios del RITE

La asociación ha compartido un documento en el que repasa las principales modificaciones del Real Decreto 178/2021, por el que se modifica el RITE 2007, como la adaptación del reglamento a las normas europeas de ecodiseño y etiquetado energético (ErP y ELD), entre otras.

FEGECA ha publicado un documento en el que repasa los diferentes cambios normativos que se han producido en los últimos meses en el sector de la climatización y la producción de ACS, como los que atañen al Real Decreto 178/2021, por el que se modifica el RITE 2007.

En primer lugar, desde la asociación aclaran que el RITE vigente sigue siendo el del año 2007, es decir, tan solo se trata de la primera fase de una revisión completa del reglamento. De hecho, en la actualidad, se está elaborando una segunda fase con modificaciones más profundas.

Asimismo, detallan que el RD 178/2021 se publicó el 23 de marzo de 2021, pero contenía algunas erratas que fueron subsanadas en la disposición final segunda del RD 390/2021 del 1 de junio. Algunos de los cambios más importantes a resaltar, según este comité son:

  • Se adapta el reglamento a las normas europeas de ecodiseño y etiquetado energético (ErP y ELD). Se eliminan todas las exigencias relativas al rendimiento de los equipos, imponiendo como obligación los requerimientos propios de las normativas europeas. Se incluyen todos los equipos del ámbito de aplicación del RITE: calderas de gas, gasóleo o biomasa, energía solar y bombas de calor; calentadores, termos y acumuladores; estufas de biomasa; y aire acondicionado.
  • Aunque se mantienen las condiciones interiores de diseño, se define la temperatura ambiente de diseño para el dimensionamiento de las instalaciones. En sistemas de calefacción, 21 grados, y en sistemas de refrigeración, 25 grados.
  • Se permite la instalación de calentadores atmosféricos (tipo B) en zonas exteriores. Se entiende por zona exterior cualquier galería, terraza o balcón con una abertura permanente mayor de 1,5 metros cuadrados, según la definición de zona exterior que aparece en la UNE 60670-6:2014.
  • Los radiadores deben dimensionarse para temperatura de entrada de 60 grados, es decir, se obliga a dimensionar los radiadores para trabajar a temperaturas más bajas, lo que permitirá aumentar la eficiencia de los generadores (calderas de condensación o bombas de calor).
  • Se permiten los acumuladores calentados al mismo tiempo con energía renovable y convencional (acumuladores de doble serpentín). En todo caso, se tendrá que demostrar que esto no va a suponer una reducción del aprovechamiento del recurso renovable.
  • Se hace obligatoria la regulación por temperatura ambiente de todas las instalaciones.
  • Se prohíben los combustibles sólidos de origen fósil (carbón) para instalaciones en obra nueva y en reformas de instalaciones. Aunque este requerimiento no es nuevo, con esta nueva redacción queda claro que, en el momento que se reforme cualquier parte de la instalación térmica, se deberá eliminar la caldera de carbón.
  • La tabla de periodos mínimos de mantenimiento se mantiene y se añaden las bombas de calor de ACS y las instalaciones solares.
  • Estas modificaciones del RITE se deben aplicar a todos los proyectos cuya licencia de obras sea posterior al 1 de julio de 2021.
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