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Reglamento F-Gas: las nuevas restricciones que entran en vigor en 2025

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
A continuación, repasamos las medidas que afectan a la comercialización de aparatos que utilizan gases fluorados de efecto invernadero y que han entrado en vigor a partir del 1 de enero de este año.

La llegada del 2025 ha traído consigo la entrada en vigor de determinadas restricciones derivadas del Reglamento F-Gas que afectan a la comercialización de aparatos que utilizan gases fluorados de efecto invernadero. Las medidas más relevantes que han pasado a ser de obligado cumplimiento a partir del pasado 1 de enero son las siguientes:

  • Prohibición de comercializar aparatos de refrigeración autónomos que utilicen gases con un Potencial de Calentamiento Global (PCG) igual o superior a 150 (las enfriadoras quedan exentas de esta medida porque están sujetas a otras condiciones específicas establecidas).
  • Prohibición del uso de gases fluorados con un PCG igual o superior a 750 en los sistemas partidos simples de aire acondicionado y en las bombas de calor que contienen menos de 3 kilos de refrigerante. Aunque ya estaba contemplada en el reglamento anterior, esta restricción no ha entrado en vigor hasta ahora debido a que aún no se había alcanzado el plazo establecido en la normativa previa.

Excepciones a las prohibiciones

No obstante, durante los meses de octubre y diciembre, la Comisión Europea ha publicado una serie de excepciones relacionadas con la restricción de equipos autónomos en refrigeración fija, destinadas a aplicaciones ‘críticas’ en sectores donde aún no existen alternativas viables.

Tal y como explican desde AEFYT, estas excepciones buscan la continuidad del uso de determinados equipos esenciales mientras se desarrollan soluciones más sostenibles. Las más destacadas son las siguientes:

  • Congeladores criogénicos mecánicos (diseñados para operar a -150 ºC), determinados dispositivos de simulación ambiental, equipos de secado por pulverización o liofilización de laboratorio, y centrifugadoras de laboratorio. Sus usos estarán autorizados hasta finales del año 2028.
  • Cajas de transporte de sangre y congeladores de choque de contacto, que se utilizan para la congelación rápida de plasma sanguíneo. El uso de este tipo de equipos estará autorizado hasta finales de 2026, permitiendo a los fabricantes desarrollar alternativas que mantengan la eficacia y seguridad requeridas.

Corrección de la traducción del Reglamento F-Gas

El Boletín Oficial de la Unión Europea publicó el pasado 17 de diciembre una corrección del reglamento por la que aclara que el término inglés ‘chiller’ debe traducirse como ‘enfriadora‘ en lugar de como ‘enfriador’.

Aunque esta modificación no supone cambios en las disposiciones técnicas ni en las prohibiciones establecidas, lo cierto es que “facilita su interpretación“, tal y como reconocen desde AEFYT.

“Con esta corrección se persigue la uniformidad en el uso de la terminología. De esta manera, se eliminan posibles ambigüedades y se promueve una comprensión clara del reglamento, para que tanto profesionales como lectores en general puedan identificar sin problemas el alcance de las disposiciones aplicables”, aclaran desde la asociación.

Europa rechaza revisar la normativa

Cabe destacar que la Comisión Europea ha rechazado recientemente una propuesta presentada por la eurodiputada italiana Isabella Tovaglieri (Liga Norte) para revisar la F-Gas a la luz de la caída de las ventas de las bombas de calor durante los últimos meses.

En una respuesta escrita, Wopke Hoekstra, Comisario de Clima, Cero Emisiones y Crecimiento Limpio, reconoció la caída en las ventas de bombas de calor, pero insistió en que no estaba relacionada con la nueva F-Gas.

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