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El refrigerante R-515B pertenece al grupo de máxima seguridad (L1), según el RSIF.
El refrigerante R-515B pertenece al grupo de máxima seguridad (L1), según el RSIF.

El Ministerio de Industria amplía la relación de refrigerantes autorizados por el RSIF

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
El BOE ha publicado este martes la resolución por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas, con la inclusión del refrigerante con denominación comercial R-515B.

Este martes 8 de noviembre el BOE publicaba la resolución por la que se amplía la relación de refrigerantes autorizados por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RSIF) con la novedad de la inclusión del refrigerante con denominación comercial R-515B tras la solicitud de la Asociación del Frío y sus Tecnologías. 

El refrigerante R-515B es una mezcla compuesta por un 91,1 % de HFO y un 8,9 % del HFO. Se trata de un producto que pertenece al grupo de máxima seguridad (L1), según el RSIF. 

El RSIF vigente 

Con la publicación del Real Decreto 552/2019 se aprobó el nuevo RSIF, que entró en vigor el 2 de enero del año 2020 con el objetivo de adaptar la normativa española en materia de seguridad en instalaciones frigoríficas al actual marco normativo europeo, intentando homogeneizarse con la Norma EN 378. 

El RSIF aprobado en 2019 se aplica a las instalaciones frigoríficas de nueva construcción, así como a las ampliaciones, modificaciones y mantenimiento de éstas y de las ya existentes.

Se excuyen del ámbito de aplicación las instalaciones frigoríficas correspondientes a los medios de transporte aéreo, marítimo y terrestre, sistemas secundarios utilizados en instalaciones de climatización para condiciones de bienestar térmico de las personas en los edificios, y sistemas de refrigeración compactos con determinadas cargas refrigerantes. 

Fechas clave para el RSIF 

EL RSIF establecía tres fechas clave de aplicación, que son las siguientes: 

• 25 octubre de 2019: Entrada en vigor para nuevas instalaciones con refrigerantes A2L.

• 2 de enero de 2020: Entrada en vigor para los demás casos de aplicación. 

• 1 de enero de 2023: Fecha límite para inscribir en Industria una instalación existente que no estuviera inscrita con anterioridad a este reglamento. 

Cabe recordar que según el primer Informe del Observatorio de Vigilancia de Mercado de la UNE, uno de los requisitos que más se incumplen en el sector es precisamente el Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas, además de las obligaciones de diseño ecológico para aparatos de refrigeración con función de venta directa o los requerimientos sobre etiquetado de productos ecológicos, tal y como certificaron asociaciones con gran peso en el sector como AEFYT

¿Utilizas normalmente el R-515B?

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