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El Parlamento Europeo aprueba la nueva Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
El texto aprobado por la Eurocámara limita las ayudas directas o subvenciones para la adquisición o renovación de tecnologías que emplean combustibles fósiles en los edificios de viviendas a partir de 2025, y fija la implementación de su eliminación total para 2040.

El Parlamento Europeo ha dado luz verde este martes al texto de la nueva Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD), que persigue reducir el consumo de energía y las emisiones de gases de efecto invernadero.

La normativa aprobada por la Eurocámara tiene como objetivo minimizar las emisiones de gases de efecto invernadero y el consumo de energía en el sector de la construcción de aquí a 2030, y convertirlo en cero emisiones a partir de 2050, además de renovar los edificios menos eficientes y mejorar el intercambio de información sobre el rendimiento energético.

Tal y como se recoge en el texto adoptado, todos los edificios nuevos deberán ser climáticamente neutros a partir de 2030. Por su parte, los edificios nuevos utilizados por las autoridades públicas o que sean de su propiedad deberán alcanzar este objetivo dos años antes, en 2028.

Restricciones al uso de combustibles fósiles

En cuanto al sector de la calefacción, el texto de la EPDB limita el uso de combustibles fósiles en calderas y las ayudas directas, pero no prohíbe esta tecnología. Los puntos claves de la Directiva son los siguientes:

  • Los Estados miembros deben adoptar medidas para descarbonizar los sistemas de calefacción con miras a eliminar por completo el uso de combustibles fósiles en calderas para 2040.
  • A partir del 1 de enero de 2025, se limitarán las ayudas directas o subvenciones para la adquisición o renovación de tecnologías que emplean combustibles fósiles en los edificios de viviendas, con la excepción de aquellas adjudicadas antes de 2025.
  • En ningún caso limita, mucho menos se prohíbe, la instalación de estas tecnologías cuando estén preparadas para utilizar energías renovables como el biometano o el hidrógeno renovable, ambos gases renovables.

La EPDB no prohíbe las calderas de gas

Desde Sedigas han aclarado que “el texto legislativo no contempla en ningún caso la prohibición de las calderas de gas ni establece la obligatoriedad de sustituirlas por bombas de calor u otras alternativas electrificadas”.

En este sentido, recuerdan que “el carácter renovable de los sistemas de calefacción no debe estar determinado por la tecnología empleada, sino por la naturaleza del combustible utilizado” y pone de ejemplo que hoy en día “el sector gasista español puede contribuir a incrementar la eficiencia, limitar el consumo energético y reducir las emisiones gracias a sistemas ya existentes y asequibles como las calderas de condensación de alta eficiencia”.

Por último, advierten que una eventual prohibición de este tipo de tecnología “provocaría un efecto adverso en la transición energética, dadas las dificultades de muchos hogares para acceder a otras opciones de calefacción renovable debido a sus limitaciones financieras y técnicas de las viviendas”.

Próximos pasos de la Directiva

Cabe recordar que aunque el texto ha sido aprobado por el pleno del Parlamento Europeo por 370 votos a favor, 199 votos en contra y 46 abstenciones, deberá ser adoptado posteriormente por el Consejo de la Unión Europea para poder convertirse en ley.

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