Inicio / Noticias / Sector HVAC / Los certificados de manipulador de gases refrigerantes tendrán nuevas categorías

Los certificados de manipulador de gases refrigerantes tendrán nuevas categorías

Por Covadonga Del NeroResponsable de contenidos del área de Climatización y Confort
En base al Reglamento de gases fluorados, deberán adaptarse los programas de manipulación de dichos refrigerantes con nuevas categorías de certificados. En España, deberá modificarse el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.

Tras la reciente aprobación del Reglamento UE 2024/573 de gases florados, la Unión Europea deberá publicar los cambios en los programas de formación para certificar profesionales en la manipulación de gases refrigerantes. Tal y como queda recogido en el artículo 10 del nuevo reglamento.

Los estados miembros de la UE aprobaron por unanimidad el proyecto de ley de ejecución el pasado 25 de julio. Dicho proyecto será publicado antes de marzo de 2025. En base al mismo, deberán adaptarse los programas de manipulación de gases fluorados con nuevas categorías de certificados. En España, deberá modificarse el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, tal y como recoge Confederación Nacional de Instaladores (CNI).

Las nuevas categorías

Los nuevos tipos de certificados según este borrador incluirían parte teórica y parte práctica. Estos serán:

  1. Certificados A1: HFC y HC (gases fluorados de efecto invernadero y los hidrocarburos).
  2. Certificados A2: HFC y HC en equipos de < 3kg. o < 6kg. de equipos etiquetados y cerrados herméticamente.
  3. Certificado B: dióxido de carbono (CO2).
  4. Certificado C: amoniaco (NH3).
  5. Certificado D: recuperación de gases de los circuitos de refrigeración de equipos de < 3 kg de HFC o < 6kg. de equipos etiquetados y cerrados herméticamente.
  6. Certificado E: control de fugas siempre que dicha actividad no implique la irrupción en el circuito frigorífico que contiene gases fluorados.

Fechas clave

  • Antes del 12 de marzo de 2026. La Comisión debe publicar este Acto de Ejecución con los requisitos mínimos para los programas de certificación y las acreditaciones de formación.
  • Antes del 12 de marzo de 2027. España como estado miembro establecerá o adaptará los programas de certificación, incluidos procesos de evaluación de gases fluorados y alternativos.
  • Antes del 12 de marzo de 2027. España garantizará que las personas físicas certificadas estén obligadas a participar en cursos de formación de actualización o a completar el proceso de evaluación, al menos cada siete años.
  • Antes del 12 de marzo de 2029. España garantizará que las personas físicas que sean titulares del carnet de manipulador de gases fluorados según RD 115/2017, participen en dichos cursos de formación de actualización o completen por primera vez dichos procesos de evaluación.
Notificar nuevos comentarios
Notificar
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios

Más noticias sobre...

Scroll al inicio