El BOE publica el llamado 'escudo laboral', que tendrá efectos retroactivos desde el 29 de octubre. Según el Gobierno, este permitirá mantener sus ingresos a unos 400.000 trabajadoras y salvar unas 30.000 empresas.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes 12 de noviembre un nuevo paquete de medidas dirigido a los afectados por la DANA y que introduce el llamado ‘escudo laboral’. Este tendrá efectos retroactivos desde el próximo 29 de octubre y, según estima el Gobierno, protegerá a unos 400.000 trabajadores y salvará a cerca de 30.000 empresas.
Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por motivo de fuerza mayor o por causas ETOP vigentes desde la reforma laboral forman parte del mencionado ‘escudo laboral’. Aquellas empresas cuya actividad se ha visto mermada significativamente por la DANA podrán acogerse a ellos.
¿Qué implica el ‘escudo laboral’ para las empresas que reciban ayudas por la DANA?
A través de este mecanismo, se impedirá a las empresas beneficiarias de las ayudas directas, así como aquellas que se acojan a un ERTE, despedir por causa de fuerza mayor y por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) derivadas del temporal.
Se trata de una obligación cuyo incumplimiento obligará a la empresa en cuestión a devolver la totalidad de la ayuda recibida. Además, se calificará el despido como nulo. Se aplica, asimismo, en aquellos casos de contrato fijos-discontinuos, donde las causas ETOP y de fuerza mayor no justificarán el fin del periodo de actividad ni la falta de llamamiento.
Por su parte, las cooperativas no podrán reducir con carácter definitivo el número de puestos de trabajo. Tampoco podrán modificar la proporción de las cualificaciones profesionales del colectivo que integre la misma por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o en el supuesto de fuerza mayor.
Más medidas
Subsidio del 70 %
Aquellos trabajadores en ERTE que vean reducida su jornada laboral o suspendido su contrato por la DANA, tendrán derecho a un subsidio del 70 % de su base reguladora, sin requerir cotización previa. Asimismo, las empresas verán exoneradas sus cotizaciones hasta el mes de febrero del 2025.
50 millones de euros para los municipios afectados
Como parte de las medidas aprobadas, el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), se encargará de distribuir una partida de 50 millones de euros entre los municipios afectados por la DANA.
De este modo, se aportará a través de una concesión directa de subvenciones dirigidas a financiar la contratación de desempleados que puedan ayudar con su trabajo a las labores de reconstrucción de las zonas afectadas.
Fomento del teletrabajo
Por otro lado, se impulsará el teletrabajo en el caso en el que las redes de comunicación lo permitan. Además, se concederán permisos retributivos no recuperables (a diferencia de los que se pusieron en marcha durante la pandemia) para aquellos que no puedan trabajar a distancia o enfrenten situaciones de emergencia.
Esto se podrá aplicar a las personas socias trabajadoras o de trabajo de las cooperativas, incluso cuando sus estatutos no lo hubieran previsto.
Empleadas del hogar
También se incluye una prestación del 70 % de la base reguladora para empleadas del hogar afectadas, independientemente del tiempo cotizado. En este sentido, se flexibilizan las condiciones de acceso en caso de muerte o desaparición del empleador.
‘Plan Mecuida’
Por último, se implementa el ‘Plan MeCuida’, a través del que los trabajadores podrán adaptar o reducir su jornada para cuidar a familiares afectados, con opciones como teletrabajo o cambios de turno.
Con respecto a las entidades de la economía social, se extiende este ‘escudo laboral’ tanto a las cooperativas como a las personas socias trabajadoras.