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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la reunión del Consejo de Ministros celebrada este martes, 31 de marzo.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la reunión del Consejo de Ministros celebrada este martes, 31 de marzo.
Crisis COVID-19

El Gobierno aprueba un nuevo paquete de medidas dirigidas a autónomos y pymes

Por Tania Alvarez
El RD 11/2020 acaba de publicarse en el BOE, y desglosa cada una de estas ayudas a las que podrán acogerse los diferentes colectivos sociales y trabajadores ante la crisis provocada por el coronavirus. Sin embargo, aún tendremos que esperar a una orden del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para concretar las condiciones de acceso.

El Consejo de Ministros, celebrado este martes, 31 de marzo, ha dado luz verde a un nuevo paquete de medidas urgentes para paliar los efectos sociales y económicos de la crisis provocada por el COVID-19. Medidas especialmente destinadas a los colectivos más vulnerables en este momento, entre los que se encuentran los autónomos y las pymes (además de inquilinos vulnerables y empleadas del hogar).

El Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, se ha publicado hoy en el BOE, y busca que “la economía entre en un estado de hibernación que permita que cuando recuperemos la normalidad también lo hagan nuestro modelo productivo y las cuotas de bienestar que teníamos antes de la llegada de esta enfermedad”, tal y como ha argumentado la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero.

“Además de pedir el confinamiento, también es necesario ofrecer seguridad“, adelantaba Pablo Iglesias, vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda 2030, tras la aprobación del mencionado decreto.

Medidas para ayudar a autónomos y empresas

El RD 11/2020 presenta 88 páginas en las que se especifican medio centenar de nuevas medidas adoptadas por el Ejecutivo para hacer frente a la crisis del coronavirus. En este caso, y en paralelo al plano sanitario, también al social y al económico.

Desglosamos a continuación las principales medidas de la nueva normativa que afectarán al colectivo de autónomos y al tejido empresarial de nuestro país:

  • Moratoria de hasta seis meses para el pago de las obligaciones y el aplazamiento de las cuotas (en el caso de tener cantidades aplazadas, la parte correspondiente al mes de abril se podría prorrogar a un interés del 0,5 %): en el RD se dice literalmente que “se habilita a la Tesorería General de la Seguridad Social a otorgar moratorias de seis meses, sin interés, a las empresas y los trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social”, durante los meses de abril, mayo y junio de 2020. No obstante, éste matiza que “en el caso de los trabajadores por cuenta propia, siempre que las actividades que realicen no se hayan suspendido con ocasión del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, esta moratoria iría entre mayo y julio de 2020”.
  • Se suspende, por un año, el pago de intereses y amortizaciones de préstamos para emprendedores (en especial del sector turístico).
  • Ampliación del bono social: para autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación
  • El Instituto de Crédito Exterior (ICEX) devolverá a las empresas los gastos derivados de su participación en ferias de este organismo que hayan sido canceladas. A su vez, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo agilizará y facilitará la gestión de sus ayudas.

Vivienda, hipotecas y planes de pensiones

Tras el Consejo de Ministros, Pablo Iglesias anunció que “quedan prorrogados automáticamente por seis meses todos los contratos de alquiler en vigor, que estén a punto de vencer”, para que “a ningún inquilino de España con un contrato vigente se le pueda subir el alquiler”. Los desahucios de personas vulnerables y sin vivienda alternativa también se suspenden.

Asimismo, el vicepresidente segundo explicó que se ha puesto en marcha “un sistema de microcréditos públicos (a través del Instituto de Crédito Oficial), sin comisiones ni interés, para que todas las personas en situación de vulnerabilidad puedan hacer frente al pago del alquiler de su vivienda habitual”. En este punto, y como novedad, se incluye a los autónomos que hayan visto reducidos sus ingresos. También a desempleados y trabajadores afectados por un ERTE o reducciones de jornada.

“Los inquilinos que se beneficien de estos microcréditos públicos podrán devolverlos en un plazo de seis años, ampliables hasta diez en caso de que tengan dificultades”, ha apuntado Iglesias.

se alquila

Según Iglesias, estas medidas de alquiler “afectará a más de medio millón de familias en situación de vulnerabilidad”

Pero, tal y como se indica en el RD, no es lo mismo que el arrendatario de la vivienda sea una persona física ( el 85 % en España lo son) que un gran tenedor de viviendas (como un fondo de inversión): “Este último tendrá que elegir entre dos opciones: llevar a cabo la quita del 50 % de la deuda del inquilino o reestructurar esa deuda para que este pueda pagarla durante tres años”.

El RD 11/2020 también contempla ampliar la moratoria de hipotecas, aprobada recientemente, “para incluir en ella a los autónomos cuya actividad haya sido suspendida por el estado de alarma o cuando su facturación haya caído significativamente hasta el último día del mes en que finalice éste”. En este caso, “la entidad acreedora no podrá exigirles el pago de la cuota hipotecaria ni ninguno de los conceptos que la integran, incluidos los intereses”.

Cabe mencionar que este decreto también abre la puerta a que los trabajadores afectados por ERTE o autónomos en cese de actividad puedan rescatar el dinero de su plan de pensiones, si lo tuvieran.

A la espera de conocer los requisitos y condiciones más concretas para acceder a estas nuevas ayudas, que se harán públicos en una orden del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, también debemos señalar que el RD prorroga “la duración de las medidas excepcionales ya establecidas anteriormente por el Gobierno hasta un mes después del final del estado de alarma”. Salvo que ya contengan plazos específicos, e incluye ajustes técnicos para garantizar su efectividad.

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