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COVID-19 y Eficiencia energética

El IDAE podrá conceder prórrogas en el pago de préstamos a terceros

Es una decisión acordada en el Consejo de Ministros celebrado este martes, por la que el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía contribuirá a la liquidez de empresas o comunidades de vecinos, para la rehabilitación energética de su edificio o la implantación de instalaciones térmicas renovables.

El Gobierno acaba de habilitar al IDAE para aplazar el pago de préstamos a terceros, con el fin de facilitar la liquidez en plena crisis del COVID-19. Así se recoje en el nuevo Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo: “En este real decreto-ley se habilita al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), organismo público adscrito a la Secretaría de Estado de Energía, a conceder aplazamientos de las cuotas de los préstamos concedidos en el marco de sus programas de subvenciones o ayudas reembolsables”.

“Extendiendo así a los créditos del IDAE la posibilidad de aplazamiento de cuotas ya aprobada en reales decreto-leyes anteriores para los créditos de la Secretaría General de Industria, el programa REINDUs, entre otros”, se añade en la citada norma. En concreto, en su apartado de “medidas para reforzar la financiación empresarial”.

Para comunidades de vecinos y empresas

Tal y como ha anunciado el Instituto dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, “se podrán acoger a esta medida los prestatarios de líneas de ayudas que, entre otras actuaciones, financian a comunidades de vecinos para la rehabilitación energética de su edificio o a empresas para la implantación de instalaciones térmicas renovables“.

Podrán ser objeto de aplazamiento las cuotas que se hallen pendientes de pago y cuyo vencimiento, tal y como aclara la entidad, “se haya producido o se produzca en los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2020 (todos inclusive)”. Esta prórroga quedará automáticamente ampliada a las sucesivas cuotas, “salvo solicitud expresa en contra por parte del interesado”, hasta transcurridos dos meses después de la finalización del estado de alarma.

Las cuotas aplazadas deberán ser abonadas antes del fin del período de vigencia del préstamo, y no podrán devengar nuevos intereses”, matizan desde el IDAE.

Cabe mencionar que los interesados podrán retrasar el pago de sus obligaciones, previa concesión del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, y tras presentar una declaración responsable justificativa y acreditar que no se encuentran en situación concursal, y que están al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones con la Hacienda pública y la Seguridad Social.

La tramitación se realizará a través de la web del Instituto.

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