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Nadie Calviño, ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Nadie Calviño, ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Más liquidez y nuevas medidas fiscales para pymes y autónomos

Por Tania Alvarez
El Gobierno ha dado luz verde a un nuevo real decreto ley, en el que se incorporan una treintena de medidas urgentes para apoyar la economía y el empleo, especialmente, de estos dos colectivos. También se ha ampliado la cobertura por desempleo y el ámbito de aplicación de los ERTEs por fuerza mayor.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 21 de abril, nuevas medidas para hacer frente a los efectos económicos negativos que la pandemia del COVID-19 está ocasionando, unas medidas que complementan a las que se han ido adoptando durante el estado de alarma.

En la rueda de prensa posterior al Consejo, la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha asegurado que el Gobierno “está utilizando todos los recursos económicos, financieros y legales del Estado para dar una respuesta” a la actual coyuntura de emergencia sanitaria.

El objetivo, ha afirmado Calviño, consiste en “garantizar la canalización de recursos productivos, mantener la actividad empresarial y el empleo, y apoyar las personas afectadas durante este periodo extraordinario”.

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El RD 15/2020 completo en ‘Descargables’ 

El nuevo Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo incorpora más de 30 medidas que, según Moncloa, refuerzan la financiación de las empresas, ofrecen apoyo en el ámbito fiscal, facilitan el ajuste de la economía, y protegen el empleo y a los ciudadanos.

Las medidas supondrán, según el Ejecutivo, “una inyección de liquidez adicional para el conjunto de la economía, que beneficiará especialmente a los autónomos y las pymes, y contribuirá a preservar la actividad económica y el empleo”.

Se liberan 1.100 millones de euros de liquidez 

El Gobierno ha decidido liberar 1.100 millones de euros de liquidez para las empresas, en particular pymes y autónomos, ajustando las bases imponibles de los impuestos a la situación económica.

Se trata, como ha explicado la ministra, de “alinear las bases imponibles de los impuestos a la situación real a la que se enfrentan las empresas, sobre todo pymes y autónomos”.

Entre estas acciones, Calviño ha destacado:

  • Los trabajadores autónomos podrán realizar el cálculo de los pagos fraccionados del IRPF y el ingreso a cuenta del régimen simplificado del IVA con el método de estimación objetiva. Lo que permitirá, durante el periodo afectado por el estado de alarma, ajustar el pago a los ingresos reales.
  • Se establece una reducción en en el pago fraccionado del IRPF y del IVA, pudiéndose descontar, en cada trimestre, los días en que ha habido estado de alarma.
  • Las empresas también podrán adaptar las liquidaciones de los ingresos a cuenta, a la previsión de ingresos estimados para 2020.
  • Se establece la posibilidad de supeditar el pago de las deudas tributarias del Impuesto sobre Sociedades a la obtención de la financiación a través de la línea de avales del ICO.

Se amplía la cobertura de la línea de avales del ICO

El nuevo RD, tal y como ha dicho Calviño, “dota de 1.200 millones de euros la línea de garantías del ICO, para asegurar los préstamos concedidos por las entidades financieras”.

La línea de avales del ICO de 100.000 millones de euros permitirá cubrir, además de los créditos canalizados a través del sistema bancario, el sistema de financiación basado en pagarés de empresa y reforzar las sociedades de garantía recíproca de las Comunidades Autónomas. “Se fomentan así el mantenimiento de las líneas de financiación empresariales que se producen a través de los mercados de capitales”, ha señalado la ministra.

La ministra de Asuntos Económica tambián ha señalado que “el pago a proveedores y el crédito comercial son esenciales para el flujo de la economía”. Por lo que la recién aprobada normativa habilita al Consorcio de Compensación de Seguros” para que actúe como reasegurador de los riesgos de seguros de crédito; dando mayor seguridad a todas las operaciones”.

Ampliación de la cobertura de la prestación por desempleo

Se amplía la cobertura de la prestación por desempleo a los trabajadores cuyos contratos hayan sido extinguidos durante el periodo de prueba de un nuevo trabajo desde el 9 de marzo, o aquellos que lo hayan extinguido voluntariamente desde el 1 de marzo por tener una oferta laboral en firme que haya decaíd.

El objetivo es que cobren el paro personas que, en el contexto actual, antes no tenían acceso a la protección por desempleo, bien porque eran trabajadores fijos discontinuos, porque no hayan podido reincorporarse a su actividad en las fechas previstas (como consecuencia del COVID-19) y que no cumplen el requisito de situación legal de desempleo, o aquellos que no pueden acceder a la prestación por desempleo por carecer del periodo de cotización necesario

Además, se suspenden los plazos en el ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y se refuerzan los mecanismos de control y sanción para evitar comportamientos fraudulentos en la percepción de las prestaciones, regulándose las sanciones y estableciéndose una responsabilidad empresarial que implica la devolución por parte de la empresa de las prestaciones indebidamente percibidas por sus trabajadores.

Se modifica el ámbito de aplicación de los ERTE

El Ejecutivo tambián ha aprobado ampliar el ámbito de aplicación de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor para cubrir caídas significativas de actividad en aquellos sectores considerados esenciales que también han visto reducidos sus ingresos por las medidas de reducción de la movilidad.

Las empresas de sectores esenciales podrán diferenciar a los trabajadores que realizan las labores imprescindibles de los que no, para poder acceder a realizar un ERTE.

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