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Claves para solicitar el Plan Renove Privado de salas de calderas de Madrid

Por Tania Alvarez
El objetivo es que un número significativo de comunidades de propietarios de la Comunidad de Madrid renueven sus antiguas calderas por otras más eficientes de gas natural. Todas aquellas sustituciones realizadas desde el 1 de noviembre de 2019 al 31 de diciembre de 2020 podrán acogerse al Plan, cuya tramitación se hará por vía telemática, siempre que cumplan una serie de requisitos.

El Plan Renove Privado de Salas de Calderas de la Comunidad de Madrid para el año 2020 ya está en marcha. Éste, gestionado por Agremia, pretende que un número significativo de comunidades de propietarios madrileñas renueven sus antiguas calderas por otras más eficientes de gas natural.

“Los beneficiarios de estas ayudas pueden ser, además de las comunidades de propietarios, las personas físicas o jurídicas, ya sean titulares o arrendatarios, de fincas de dos o más viviendas, o edificios de viviendas en régimen de comunidad de bienes, empresas o edificios del sector terciario con potencia térmica nominal mayor a 70 kW”, explica Fegeca que, junto Nedgia Madrid, Madrileña Red de Gas y Redexis, participan en el mencionado Plan.

Como novedad, este año, la tramitación será exclusivamente de forma telemática, manteniéndose los requisitos para acceder al incentivo y sus importes.

Algunas claves…

¿Qué acciones pueden acogerse a este Plan Renove?

Podrán acogerse al Plan Renove todas aquellas sustituciones realizadas desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020, cumpliendo, entre otras, una serie de condiciones:

  • Los aparatos que se instalen deben ser nuevos.
  • En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por el Instalador Adherido al Plan Renove que realice la sustitución.
  • Las calderas que se instalen se deben encontrar en el listado de calderas de condensación aceptadas en el presente Plan Renove.
  • Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados, lo que se acreditará mediante certificación expedida por el Instalador Adherido al Plan Renove.

En esta misma línea, en el Plan desarrollado por Agremia se matiza que “se considerará como fecha de sustitución, aquella fecha que figure como fecha de registro de entrada del ‘Documento de puesta en servicio de instalaciones receptoras de gases combustibles’; y que “no podrán ser beneficiarias del presente Plan Renove todas aquellas sustituciones para las que se haya otorgado incentivo en anteriores ediciones”.

Tampoco serán objeto de incentivo aquellas sustituciones de calderas de uso comunitario por calderas individuales. 

¿Cuál es el importe del incentivo?

El importe de los incentivos del Plan Renove vendrá determinado por la potencia térmica de las nuevas calderas instaladas, y constará de dos partes: un incentivo aportado por la empresa distribuidora y otro proveniente de la empresa instaladora.

  • La parte del incentivo aportado por la empresa distribuidora se abonará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud, una vez finalizada la tramitación con resultado favorable. La cuantía dependerá del uso del edificio y de la potencia térmica nominal resultante de la nueva instalación (Pn).
  • En cuanto a la parte del incentivo aportado por la empresa instaladora, se realizará mediante descuento sobre la base imponible de la factura, es decir, antes de impuestos.

¿Cómo se determinar la cuantía del incentivo que aporta la empresa instaladora?

La cuantía de incentivo para el desarrollo del Plan Renove Privado de Salas de Calderas en la Comunidad de Madrid que aporta la empresa instaladora vendrá determinada en función de las características técnicas y los sistemas utilizados en la instalación, con el objetivo de obtener el mayor ahorro energético posible”, afirma Agremia. Las aportaciones, que se realizarán mediante descuento en factura, serán las siguientes:

  • Con carácter general: 0,3 €/kW.
  • En caso de que las calderas de condensación instaladas incorporen un sistema de telegestión: 0,3 €/kW.
  • La aportación máxima de la empresa instaladora, que se producirá cuando se incorporen la totalidad de los sistemas anteriormente indicados, será de 0,60 €/kW.

En el Plan también se especifica que “la potencia que se considera para la determinación de la aportación de la empresa instaladora es la suma de la potencia de las calderas de condensación instaladas, por lo que no se contempla para esta parte del incentivo los casos especiales enumerados en el apartado I.A) anterior”.

¿Cómo se pueden adherir las empresas instaladoras al Plan?

Solo aquellas empresas instaladoras que se den de alta como Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove Privado de Salas de Calderas en la Comunidad de Madrid, podrán participar en el mismo.

Para adquirir esta condición, deberán registrarse a tal efecto en la página web www.cambiatucaldera.com, en el apartado “Darse de alta como Instalador” cumplimentado el Formulario 1 destinado a tal efecto y remitirlo por cualquier medio a AGREMIA, debidamente firmado y sellado, acompañado de la siguiente documentación:

  • Fotocopia de Certificado de Registro de Empresa Instaladora Térmica en vigor o Declaración Responsable
  • Fotocopia del CIF/NIF de la empresa/autónomo

Una vez Agremia reciba los documentos señalados anteriormente y proceda a su validación, remitirá a la Empresa Instaladora las claves de usuario y contraseña y le dará de alta en la aplicación informática, para que pueda empezar a operar y tramitar las solicitudes de ayuda en nombre de los titulares de las instalaciones.

Cabe mencionar que este plan exclusivamente incentivará la instalación de nuevas calderas de condensación instaladas por aquellas empresas instaladoras adheridas al plan, así como las marcas de fabricantes que también lo estén. Así lo estipula las preguntas más frecuentes sobre este plan, que pueden consultarse aquí.

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