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Imagen de María Jesús Montero, ministra de Hacienda y la ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, en la rueda de prensa posterior al último Consejo de Ministros.
Imagen de María Jesús Montero, ministra de Hacienda y la ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, en la rueda de prensa posterior al último Consejo de Ministros.

Las empresas y los autónomos tendrán tres años más para devolver sus créditos ICO

Por Tania Alvarez
Así lo dice el nuevo Real Decreto-ley de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético publicado en el BOE la semana pasada. En el texto también se prorroga la suspensión de los concursos de acreedores.

El Gobierno ha aprobado un decreto ley por el que las empresas y los autónomos dispondrán de tres años más para devolver sus préstamos ICO. Así lo anunciaba la semana pasada la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, afirmando que las que lo soliciten pueden alargar su crédito hasta ocho años.

“Las medidas que hemos llevado hasta ahora son eficaces, pero hay que adaptarlas para ayudar a los proyectos empresariales que hasta la irrupción de la COVID-19 eran sostenibles y que ahora pueden estar atravesando tensiones de liquidez o desequilibrios patrimoniales causados por las circunstancias extraordinarias”, declaraba la vicepresidenta tercera en la rueda de prensa posterior al último Consejo de Ministros.

El nuevo Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, que se puede leer al completo aquí, también extiende la moratoria en la declaración de los concursos de acreedores.

Nueva fecha para devolver los créditos ICO

Entre las medidas que integran la mencionada normativa, destaca que “los clientes que lo soliciten pueden alargar su crédito hasta ocho años”.

En este sentido, Calviño ha matizado que “el 73 % de las operaciones concedidas con cargo a la línea de liquidez tenían un plazo de devolución de entre 4 y 5 años, por lo que con estas medidas las empresas y autónomos dispondrán de más tiempo para recuperar su actividad y hacer frente a sus obligaciones financieras”.

Además se amplía el periodo de carencia hasta 24 meses y se establece el próximo 30 de junio de 2021 como nueva fecha tope para solicitar préstamos ICO.

Esto último supone que las “entidades financieras no podrán incrementar de forma injustificada el tipo de interés ni exigir la contratación de productos vinculados a sus clientes, y deberán responder a las solicitudes de ampliación en un plazo máximo de 30 días”.

¿Ayudará estas medidas a pymes y autónomos del sector?

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Concursos de acreedores

El Real Decreto-ley 34/2020 también extiende hasta el 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración de concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes.

Y se prolongan hasta el 31 de enero las previsiones de que los jueces inadmitan a trámite las solicitudes de incumplimiento de convenios de acreedores y de acuerdos de refinanciación.

Asimismo, se amplía a todo el año 2021 el plazo de vigencia para que las juntas generales o las asambleas de socios puedan celebrarse por medios electrónicos, cuando no esté previsto en sus estatutos.

Cabe mencionar que el Ejecutivo activó el 17 de marzo una línea de avales para empresas y autónomos por un importe total de hasta 100.000 millones de euros, que ha permitido aprobar, según datos del Gobierno, más de 881.000 operaciones, el 98 % con pymes y autónomos. 

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