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Imagen de un desatascador líquido con un 95 % de ácido sulfúrico de uso exclusivamente profesional.
Imagen de un desatascador líquido con un 95 % de ácido sulfúrico de uso exclusivamente profesional.

Nueva normativa sobre la venta de ácido sulfúrico: ¿cómo afecta al sector?

Por Tania Alvarez
Algunos distribuidores están bloqueando algunos productos, como desatascadores que contienen una concentración de este elemento químico superior al 15 %, hasta sistematizar la documentación que se requiere como consecuencia de la nueva normativa.

El 1 de febrero de 2021 entró en vigor la nueva normativa europea sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos, entre ellos el ácido sulfúrico, una sustancia química que, en el sector de la fontanería, se emplea, por ejemplo, para la producción de desatascadores.

Esta nueva regulación a nivel europeo, que es de aplicación directa en España, tiene como objetivo evitar el fácil acceso de los terroristas a sustancias químicas que puedan emplear para la fabricación de bombas caseras u otro tipo de explosivos.

La novedad es que, a partir de la entrada en vigor del texto legal, para que un particular puede adquirir un producto que contenga una concentración de ácido sulfúrico de entre el 16 % y el 40 % necesitará una licencia expedida por el Centro de Inteligencia Contra el Terrorismo y el Crimen Organizado del Ministerio del Interior (CITCO).

 

normativa europea

La normativa puede verse al completo en nuestra sección de ‘Descargables’.

Por debajo o igual al 15 % podría comprarlo libremente (sin necesidad de licencia). Sin embargo, por encima del 40 % está prohibida su venta a particulares. No ocurre lo mismo con los profesionales.

¿Y los profesionales?

“El espíritu del nuevo reglamento es el de limitar el comercio de este tipo de productos entre particulares, pero en ningún caso entorpecer el de los profesionales o agentes económicos que sí que pueden comprarlo y comercializarlo (sin necesidad de licencia)”, han subrayado fuentes de CITCO al área de Climatización y Confort de ‘C de Comunicación’.

“Eso sí – matizan estas mismas fuentes – con la nueva normativa europea, los profesionales (como los fontaneros) pueden comprar desatascadores, independientemente del porcentaje de ácido sulfúrico que contengan. Pero, cuando superen el 15 %, deberán firmar una declaración debidamente cumplimentada”.

declaración distribuidores

Este medio ha podido saber que ya hay distribuidores que han bloqueado la venta de desatascadores de uso profesional con altos porcentajes de ácido sulfúrico (por encima del 15 %), mientras preparan sus sistemas para cumplir la ley a la hora de comercializar este tipo de productos.

“Lo importante para acogerse a la nueva normativa – aclaran desde el CITCO – es que los distribuidores, a la hora de vender el producto, hagan un primer registro de los datos del profesional donde se acredite la empresa a la que pertenece y que será para uso profesional. Este tendrá una validez de un año”.

En concreto, los datos solicitados serán: identificación del comprador como que actúa en nombre de la empresa; acreditación de la actividad comercial, empresarial o profesional; por último, la declaración de uso (para qué quiere esa sustancia).

“No obstante, luego tendrán que hacer un documento para cada una de las operaciones que realicen. Pueden seguir el mismo modelo, simplemente cambiando la fecha y cantidad de la compra”, agregan.

Algunos fabricantes, por su parte, también están enviando este modelo a los distribuidores que, en este caso, actuarían como sus clientes profesionales.

Registro de compras y ventas obligatorio

Tanto el proveedor como el distribuidor o el instalador, en caso de inspección, deberán facilitar las transacciones comerciales realizadas. “El instalador tiene que poner en conocimiento de las autoridades, en caso de inspección, qué productos que lleven precursores de explosivos (como el ácido sulfúrico) ha adquirido, a quién, y a quién se los ha vendido y para qué uso”. Es decir, que el vendedor siempre tendrá que justificar el destino final del desatascador que venda. Es más, si el propio instalador o fontanero quisiera utilizar el producto para uso particular, en este caso, necesitará una licencia.

¿Estabas al tanto de la entrada en vigor de esta normativa?

Encuesta finalizada

Además, según consta en la normativa, el proveedor deberá informar al comprador (siempre y cuando no sea el usuario final) de que el producto contiene precursores de explosivos, por ejemplo fijando la etiqueta apropiada en el envase, incluyendo dicha información en la ficha de datos de seguridad que deberá llevar el producto o haciéndolo constar en el código de barras.

“Es esencial la identificación de todos los participantes en la cadena de suministro”

El objetivo final es que los vendedores de cualquier producto que contenga precursores de explosivos en concentraciones que permitan su extracción para fabricar una bomba casera, por ejemplo, conserven los datos de las transacciones, con el fin de “ayudar a las autoridades en la prevención, la investigación, la detección y el enjuiciamiento de delitos graves cometidos con artefactos explosivos de fabricación casera“, indica la nueva normativa.

“Es esencial la identificación de todos los participantes en la cadena de suministro – que termina cuando se pone a disposición del usuario final – y de todos los clientes, ya se trate de particulares, de usuarios profesionales o de operadores económicos”, consta en el texto legal.

El porqué de la nueva normativa

Esta nueva regulación comunitaria se produce en un contexto en el que “las restricciones y controles vigentes no han garantizado niveles suficientes de seguridad pública – y así se indica en el propio texto legal -, pues no han impedido adecuadamente a los delincuentes la adquisición de precursores de explosivos”. Se trata, por tanto, de impedir la fabricación ilícita de explosivos.

La amenaza que representan los explosivos caseros – continúa la exposición de motivos de la nueva normativa – se ha mantenido elevada y en continua evolución“, por lo que, con estas nuevas medidas, se pretende “reforzar” la regulación anterior, “habida cuenta de la evolución de la amenaza para la seguridad pública causada por el terrorismo y otras actividades delictivas graves”.

Así, en el nuevo Reglamento de la UE se especifica que, si bien hay que “garantizar la libre circulación de precursores de explosivos en el mercado interior”, y que su utilización tenga “fines lícitos”, se debería “fomentar la innovación, facilitando, por ejemplo, el desarrollo de sustancias químicas más seguras como sustitutas de los precursores de explosivos”.

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