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Nueva garantía para los equipos de climatización: qué tiene que saber el instalador

La normativa de consumo, que ha entrado en vigor el 1 de enero de este 2022, supone cambios importantes también para el sector HVAC. Las empresas instaladoras deben conocer muy bien sus novedades para poder asesorar correctamente al usuario final.

Todo equipo de HVAC comprado a partir de este 1 de enero de 2022 cuenta ya con 3 años de garantía. Un año más que la que se tenía hasta ahora. Éste es uno de los cambios que ha supuesto la nueva Ley General de Consumidores y Usuarios que acaba de entrar en vigor.

“El instaladoral hacer la puesta en marcha del equipo y dar el certificado de instalación, define la fecha a partir de la que el cliente tiene garantía del equipo”, aclaran a este medio fuentes de CNI.

“De ahí la necesidad de que conozca y sea consciente de este dato. Si surge algún problema con el equipo, el cliente le llamará a él y será el instalador quien tenga que gestionar la reparación o sustitución en garantía“, advierten desde la entidad.

Hay que mencionar que esta normativa, tal y como especifican desde Afonvi, “solo es aplicable entre la empresa prestadora de servicio y la persona consumidora, entre las que se incluyen Comunidades de Vecinos“.

Nueva normativa de consumo: más novedades

Además de la ampliación de la garantía, que suma 365 días más al mínimo requerido por la Unión Europea (que son 2 años), el real decreto aprobado por el Gobierno el pasado mes de abril supone tres modificaciones más:

  • Piezas de repuesto desde que el producto deja de fabricarse: el plazo para disponer de éstas pasa de 5 a 10 años.
  • Plazo para reclamar las faltas de conformidad con el producto: este periodo (hasta ahora de 3 años, desde que se manifiesta la falta de conformidad) se amplía a 5 años.
  • Carga de la prueba para demostrar la falta de conformidad: pasa de 6 meses a 2 años.

Esta última novedad -matizan desde la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores- “es importante porque actualmente es el consumidor quien tiene que demostrar la falta de conformidad del producto si el problema se produce a partir de los seis meses posteriores a la compra”.

Más consecuencias para empresas instaladoras

“Siempre que la empresa instaladora sea quien suministre el equipo a un cliente final que tenga la condición de consumidor (situación habitual), la nueva normativa supone que el plazo de responsabilidad de la empresa respecto de la conformidad del producto y de su instalación se incrementa en un 50 %“, exponen a este medio fuentes de Agremia.

“Ésto, sin duda -continúan argumentando desde la asociación sectorial-, repercute en los costes de la empresa y exige que ésta disponga de mayores recursos para poder atender adecuadamente los servicios post venta“.

¿Crees que esta nueva normativa traerá más costes para las empresas instaladoras?

Encuesta finalizada

No obstante, “si la empresa instaladora dispone de proveedores de garantía y de reconocido prestigio en el sector que respondan en situaciones de falta de conformidad del producto, el impacto de este real decreto se verá minimizado o será inexistente”, dejan claro estas mismas fuentes.

“Al final, para la empresa instaladora el verdadero cambio reside en estar informada de esto ya que es importante a la hora de asesorar a sus clientes y gestionar las posibles reclamaciones en caso de que así lo haya hecho constar en el contrato de instalación y mantenimiento“, concluyen desde CNI.

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