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Belén Palao, durante su ponencia en el foro Tecnofrío, organizado por Atecyr.
Belén Palao, durante su ponencia en el foro Tecnofrío, organizado por Atecyr.

“El impuesto de gases fluorados debería eliminarse porque somos el único país que lo pagamos”

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
La abogada y experta en el grupo de impuestos indirectos de AEDAF, Belén Palao, explicó durante su ponencia en el foro Tecnofrío que "España y Dinamarca son los dos únicos países de la Unión Europea que tienen un impuesto de gases fluorados como el que se ha aprobado recientemente en nuestro país".

España y Dinamarca son los únicos países europeos que tienen un impuesto de gases fluorados en vigor como el que se ha aprobado recientemente”. Así se expresaba Belén Palao, abogada y experta en el grupo de impuesto indirectos de AEDAF durante su ponencia en el foro Tecnofrío, que organizó Atecyr el pasado jueves en la Escuela Superior de Ingenieros Industriales de Madrid. 

La experta en el grupo de impuestos indirectos de AEDAF detalló las principales claves sobre el nuevo reglamento del impuesto de gases fluorados publicado este 1 de septiembre en el BOE, con el que se mostró especialmente crítica. Además, dejó claro que la normativa “no se va a modificar próximamente”. 

“Creo que este impuesto viene para quedarse y va muy en línea con el borrador de la normativa europea F-Gas y los impuestos modernos”, indicó Belén Palao, que además lamentó que “España y Dinamarca son los dos únicos países de la Unión Europea que tienen un impuesto de este tipo en vigor”. 

La abogada y experta en el grupo de impuestos indirectos de AEDAF (Asociación Española de Asesores Fiscales) también llamó la atención sobre el proceso de “simplificación de gestión del impuesto”, que se traduce en “un dolor de cabeza para los instaladores porque conlleva una serie de obligaciones que no tenían anteriormente”, y facilita la gestión a la Agencia Tributaria. 

Además, también puso encima de la mesa la “doble imposición” que podría generarse en el caso de que se apruebe la normativa europea F-Gas durante el próximo año, algo que preocupa especialmente a fabricantes e instaladores. 

Obligaciones de gestión 

Belén Palao también repasó las obligaciones de gestión para la cadena de valor, entre las que podemos hablar de los siguientes: 

Registro ante la Oficina Gestora y obtención del CAF: aplica a los fabricantes, almacenistas fiscales y adquirientes intracomunitarios. 

Llevanza de contabilidad: se aplica a fabricantes, almacenistas fiscales y adquirientes intracomunitarios. Hay que destacar que en aquellos periodos en los que el resultado de la liquidación sea cero por no realizar adquisiciones intracomunitarias, los adquirientes no estarán obligados a presentar la contabilidad de existencias. 

Presentación de la contabilidad: se debe presentar entre los días 1 y 20 del mes siguiente al periodo de liquidación al que se refiera, mediante su suministro electrónico en sede de la AEAT. La contabilidad correspondiente al mes de septiembre de 2022 se llevará a cabo entre el 1 y el 20 de enero de 2023. 

Por último, la abogada también remarcó la importancia de que los instaladores liquiden antes del próximo 30 de noviembre las cuotas devengadas de las existencias de gases fluorados que presentaron antes del 30 de septiembre. 

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