El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este lunes, 24 de febrero, publicaba nuevas normas en instrumentos de medida. Se trata de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida. Entre ellos, se encuentran contadores de gas y de agua; registradores de temperatura y termómetros, así como contadores de energía eléctrica activa con opción de medida de energía reactiva, de discriminación horaria y de telegestión.
“El documento oficial supone la derogación de 20 normas, y simplificar en una sola todos los aparatos“, ha explicado CNI que valora la nueva orden de forma muy positiva. El texto puede verse al completo en nuestra sección de ‘Descargables’.
En esta misma línea, la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores subraya que “mediante esta orden se desarrollan, para determinados instrumentos de medida, las previsiones del Real Decreto 244/2016, en lo relativo al control metrológico del Estado, en sus distintas fases, según el tipo de instrumento: evaluación de la conformidad, verificación periódica y verificación después de modificación o reparación”.
Tras la publicación oficial de esta orden, CNI menciona como “destacados” las siguientes cuestiones a tener en cuenta:
La Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida entra en vigor el próximo 24 de agosto, seis meses después de su publicación en el BOE.
En este sentido, la entidad detalla las siguientes cuestiones:
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