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Se amplía la fecha para dejar de comercializar las mascarillas KN95 sin marcado CE

A menos de 24 horas de hacerse efectiva la prohibición de comercializarse (que hasta hoy comenzaría mañana, 1 de octubre), se ha producido un cambio de planes con respecto a la fecha en la que deben dejar de venderse en España las mascarillas KN95 y otros modelos que no cuentan con el marcado CE. 

Según la nueva resolución de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, referente a los equipos de protección individual en el contexto de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, los establecimientos que tengan este tipo de mascarillas en su almacén podrán seguir comercializándolos hasta la nueva fecha: el 31 de diciembre.

Cabe recordar que los usuarios que ya dispongan de estos equipos de protección individual (EPI) sí podrán hacer uso de los mismos

Nuevas condiciones

La Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual (ASEPAL) ha emitido un comunicado técnico para dirigirse a sus socios en el que aclara que “los EPI sin marcado CE que se comercializan en el seno de una compra o adquisición pública antes del 1 de octubre, así como los que lo hagan fuera de dicho canal hacia el público en general, podrán venderse hasta final de añ”o.

“Para los EPI con marcado CE, únicamente se emplaza a los organismos notificados españoles a atender las disposiciones que les lleguen desde la comisión Europea y los Grupos Horizontales y Verticales de organismo notificados, en lo relativo a la emisión de certificados UE de Tipo”, añade.

Recordemos que el  pasado 23 de abril, ante la situación escasez de EPI con el marcado CE reglamentario derivada de la COVID-19, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo dictó una resolución que autorizaba, de forma temporal, la comercialización en España de equipos de protección “aunque los procedimientos de evaluación, incluida la colocación del marcado CE, no se hayan efectuado completamente según las normas armonizadas”.

El plazo de validez de esta “autorización temporal” finaliza, con la nueva resolución de hoy, y para los EPIs sin marcado CE, a partir del 31 de diciembre de 2020 .

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