Piden que sean empresas instaladoras habilitadas de fontanería y saneamiento, constituidas legalmente, dadas de alta en el régimen de la Seguridad Social, con los medios técnicos y humanos necesarios para realizar la actividad.
Once organizaciones empresariales y profesionales relacionadas con las instalaciones de agua y el saneamiento en las edificaciones han presentado una propuesta de enmienda al Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE), para que este marco normativo incorpore en su nueva redacción la regulación de la fontanería como actividad profesional y, con ello, la obligación de que sean instaladores habilitados quienes lleven a cabo la ejecución, reparación y mantenimiento de las instalaciones reguladas en el DB HS 4 Suministro de Agua y DB HS 5 Evacuación de Aguas.
ANAIP-AseTUB, Daquas, Amascal, Andimac, Sercobe, Agrival, Cepco, Confaif, CGCOII, COGITI y CSCAE lideran esta acción, con el interés de que la instalación de sistemas de suministro y evacuación de agua por parte de profesionales se articule en torno a un régimen de habilitación por la incidencia directa que tiene en la seguridad y salud de los ciudadanos.
Por ello, piden que sean empresas instaladoras habilitadas de fontanería y saneamiento, constituidas legalmente, dadas de alta en el régimen de la Seguridad Social, con los medios técnicos y humanos necesarios para realizar la actividad y un seguro de responsabilidad civil suscrito, las que se ocupen de la ejecución, mantenimiento y reparación de las instalaciones de agua y redes de saneamiento.
La fontanería, regulada en el nuevo CTE
Asimismo, solicitan que el personal de dichas empresas instaladoras esté debidamente formado, de acuerdo con unos contenidos mínimos establecidos, además de capacitado para ejercer por alguna de las vías de acceso reconocidas en los reglamentos de seguridad industrial: título universitario, FP, certificado de profesionalidad, acreditación por experiencia, entidad de certificación de personas o cualificación en otro país miembro de la Unión Europea.
En este sentido, para la puesta en servicio o mantenimiento de las citadas instalaciones, piden que se exija un certificado de instalación firmado por un instalador habilitado. En paralelo, varias federaciones autonómicas y asociaciones provinciales de instaladores integradas en Conaif, han presentado a las consejerías competentes de sus respectivas comunidades autónomas iniciativas similares de regulación de la actividad.















