El área de Climatización y Confort de C de Comunicación continúa con la serie de contenidos enfocados en repasar los aspectos más destacados de los convenios colectivos que fijan los salarios de los instaladores de las provincias de toda España. Hoy publicamos las tablas salariales de 2026 de Lleida.
La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Industrias Siderometalúrgicas de las Comarcas de Lleida (2025–2027) se ha reunido recientemente para aprobar y firmar las tablas salariales correspondientes al año 2026. El texto fija las condiciones laborales y salariales de alrededor de 5.000 trabajadores (entre los que se encuentran instaladores de climatización y material eléctrico) durante el periodo comprendido entre 2025 y 2027.
El acuerdo contempla una subida salarial del 2,5 % para el año 2026 con respecto a los valores establecidos en las tablas del año anterior.
A continuación, repasamos la información que debes conocer sobre el convenio, que está vigente durante el periodo 2025-2027.
Salarios y horas extraordinarias
De acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo vigente, para el año 2026 se aplica un incremento salarial del 2,5 % sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2025, así como un incremento adicional del 2 % en las gratificaciones extraordinarias.
En cuanto a la cláusula de revisión salarial, el IPC correspondiente al año 2025 se ha situado en el 2,9 %, sin superar el umbral del 3 % previsto en el convenio para su activación. Por lo tanto, tal y como se establece en el texto del convenio, no se aplica la cláusula de revisión salarial.
Además, el convenio mantiene que las horas extraordinarias deben tener un carácter excepcional y no habitual. Su uso queda limitado a situaciones puntuales, como picos de producción, trabajos urgentes o casos de fuerza mayor que puedan causar perjuicios a la actividad si no se atienden.
En cuanto a su compensación, el texto prioriza el descanso frente al pago económico. Las horas extra se compensarán preferentemente con tiempo de descanso, aunque, si esto no es posible, deberán abonarse con un recargo sobre la hora ordinaria. Además, se respeta el límite de 80 horas anuales del Estatuto de los Trabajadores.
Jornada de trabajo
El presente convenio establece una jornada anual de trabajo de 1.752 horas. Esta cifra se sitúa por debajo del máximo legal y se distribuye a lo largo del año según el calendario laboral de cada empresa, manteniendo en promedio una semana cercana a las 40 horas y respetando los límites del Estatuto de los Trabajadores en materia de descansos.
Dietas
El texto del convenio de Lleida también fija el importe de las dietas. De esta manera, la dieta completa se mantiene en 28,78 euros al día, mientras que la media dieta se queda únicamente en 12,30 euros.
Vacaciones
El convenio colectivo de la industria siderometalúrgica de las comarcas de Lleida fija unas vacaciones de 22 días laborables al año, lo que equivale aproximadamente a 30 días naturales.
Estas vacaciones son retribuidas y forman parte de los derechos básicos del trabajador, pudiendo organizarse según el calendario laboral de la empresa y, en su caso, fraccionarse si hay acuerdo entre ambas partes. En conjunto, el convenio mantiene el esquema habitual del sector, pero introduce esta cifra de 22 días laborables como referencia clara dentro de su marco 2025-2027.
Tablas salariales 2026 Convenio Colectivo del Metal Lleida
















