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CONVENIOS COLECTIVOS

Publicado el nuevo Convenio Colectivo del Metal de Ciudad Real: estas son las tablas salariales

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
El área de Climatización y Confort de C de Comunicación continúa con la serie de contenidos enfocados en repasar los aspectos más destacados de los convenios colectivos que fijan los salarios de los instaladores de las provincias con mayor población de toda España. Hoy publicamos las claves del acuerdo suscrito en Ciudad Real.

El BOPCR (Boletín Oficial de la provincia de Ciudad Real) ha publicado el pasado 3 de diciembre el nuevo Convenio Colectivo del sector de la industria siderometalúrgica, fruto de un acuerdo suscrito entre los sindicatos UGT FICA, CC.OO. Industria, y la patronal. El texto fija las condiciones laborales y salariales de más de 15.000 trabajadores de la provincia (entre los que se encuentran instaladores de climatización) hasta el próximo 31 de diciembre de 2027.

El acuerdo contempla una subida salarial del 3,5 % para el año 2025, con revisión del 1 % aplicable de cara a 2026 si el IPC supera ese mismo valor, tal y como se establece en el artículo 44 del documento.

A continuación, repasamos la información que debes conocer sobre el convenio, que estará vigente durante el periodo 2025-2027.

Salarios y horas extraordinarias

El convenio contempla una subida salarial del 3,5 % para el año 2025, con una revisión aplicable para 2026 si el IPC supera ese 3,5 %. Para el año 2026, se establece un incremento del 4 %, aumentando las tablas del 2027 un 1 % en el que caso de que el IPC quedara por encima del 4 %. Por último, la subida pactada para 2027 es del 3,75 %, incluyendo una cláusula de revisión salarial aplicable a las tablas de 2028 en el caso de que el IPC esté por encima de este valor.

Las partes firmantes del convenio acuerdan la prohibición de la realización habitual de horas extraordinarias. De esta manera, solo se contemplarán las horas dedicadas a tareas extraordinarias o urgentes y a cubrir puntas de producción, con un tope máximo de cuatro al día y 80 al año.

Las horas extraordinarias se abonarán con un recargo del 75 % sobre la hora normal, independientemente de que se paguen en dinero o se compensen en descanso (el valor del descanso tiene ese mismo incremento).

Jornada de trabajo y pluses

El presente acuerdo fija una jornada laboral máxima anual de 1.760 horas efectivas de trabajo, lo que equivale a un máximo de 9 horas diarias, tal y como se establece en el artículo 12 del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Ciudad Real.

Además, en el caso de que la jornada supere las seis horas, el trabajador podrá disfrutar de un descanso mínimo de 15 minutos, que cuenta como tiempo de trabajo efectivo.

En cuanto a los pluses, y atendiendo a las demandas de la parte sindical, el nuevo convenio mantiene la antigüedad y fija un importe de 60 euros brutos de plus de parada por cada día trabajado de lunes a domingo. Además, recoge la mejora del plus de entrada de 6,18 euros por acceso al complejo petroquímico de Repsol y de 3,09 euros para aquellos que realicen trabajos metalúrgicos en los talleres de la comarca de Puertollano para el complejo.

Dietas y kilometraje

La publicación del convenio colectivo también fija el importe de las dietas para el año 2025. De esta manera, la dieta completa se establece en los 60,88 euros, mientras que la media dieta (en caso de hacer solo una de las comidas) se queda en 18,08 euros.

Además, los trabajadores afectados por el convenio percibirán de sus empresas un plus de distancia de 0,42 euros por kilómetro recorrido para el año 2025.

Vacaciones

Por último, el periodo de vacaciones se fija en veinticinco días laborales retribuidos, que serán ininterrumpidos salvo acuerdo entre la empresa y el trabajador.

De acuerdo al Estatuto de los Trabajadores, el trabajador conocerá las fechas de su calendario de vacaciones al menos dos meses antes del comienzo de su disfrute.

La retribución que percibirá el trabajador en vacaciones será la media del salario real percibido durante los tres meses anteriores, excluyendo el plus parada, el plus de distancia, el kilometraje y las dietas.

Tablas salariales de 2025

NIVELDESCRIPCIÓN202520262027
ITécnic@ titulado/a, arquitectos/as, licenciad@s1.452,681.510,791.567,45
IIPeritaje, aparejadores/as, jef@ admón 1ª, maestras/os ind., jef@ taller…1.409,681.466,071.521,05
IIIGraduad@s, A.T.S., jef@ admón 2ª, delineante 1ª, jefes de sección…1.366,951.421,621.474,93
IVAnalista 1ª, delineante 2ª, oficial admón 1ª, encargad@, contramaestre…1.332,731.386,041.438,01
VOficial admón 2ª, analista 2ª, técnic@ organización1.309,361.361,731.412,80
VIAux. técnicos, lab., administrativos, reprografía…1.281,521.332,781.382,76
VIIListero/a, almacener@, vigilante, ordenanza, telefonista…1.255,921.306,161.355,14
NIVELPUESTO202520262027
VIIICapataces/as y jefes/as de equipo43,4345,1746,86
IXOficial 1ª siderurgia, conductor/a camión42,9844,7046,38
XOficial 2ª siderurgia, conductor/a turismo42,5944,2945,95
XIOficial 3ª siderurgia42,0943,7845,42
XIIEspecialistas y mozos/as especialistas41,7143,3845,01
XIIIPeones ordinarios41,3142,9644,57
CONCEPTO202520262027
Contrato de formación – 1er año958,36996,691.034,07
Contrato de formación – 2º año1.067,181.109,871.151,49
Plus carencia de incentivos (todos los niveles)139,49145,07150,51
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