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Hiperregulación: una carrera de obstáculos para las empresas instaladoras

Me gustaría empezar esta colaboración con el área de Climatización y Confort de C de Comunicación escribiendo sobre la hiperregulación, un mal endémico de este país, y del que poco se habla,  pero que afecta y mucho a la productividad de las pymes y autónomos del sector de las instalaciones. 

Para conocer y entender qué significa este concepto y las consecuencias que se derivan de su aplicación, nada más sencillo que intentar (y digo intentar) resumir los requisitos que una empresa instaladora debe cumplir para poder empezar a ejercer legalmente su actividad.

Supongamos que queremos iniciar una actividad empresarial y dedicarnos a la instalación y mantenimiento de equipos de climatización. Antes de empezar a trabajar, los requisitos mínimos que debemos cumplir son los siguientes: 

Requisitos en materia de seguridad industrial 

En primer lugar, la instalación de un equipo de aire acondicionado se encuentra regulada por el RITE, que obliga a realizar lo siguiente: 

  1.  Presentar una declaración responsable como empresa instaladora térmica ante la CCAA correspondiente.
  2.  Contar, bien entre los socios de la empresa, o mediante personal en plantilla, con al menos una persona que disponga de una habilitación como instalador térmico (para lo que es necesario realizar un curso o disponer de titulación FP o Universitaria).
  3. Disponer de una póliza de seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de 300.000 euros por siniestro.

Además, si para instalar el equipo de aire acondicionado fuera necesario modificar la instalación eléctrica, es obligatorio darse de alta como empresa instaladora electricista. Para ello, los requisitos son los siguientes: 

4. Presentar ante la CCAA correspondiente una declaración responsable como empresa instaladora de Baja Tensión. 

5. Contar, bien entre los socios de la empresa o mediante personal en plantilla, con al menos una persona que disponga de una habilitación personal de instalador electricista (realizar un curso o titulación FP /Universitaria). 

6. Disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 900.000 euros.

Las empresas instaladoras de equipos de climatización también tienen que hacer frente a la estricta normativa de gases refrigerantes fruto de una excesiva hiperregulación.

Requisitos en materia medioambiental 

Por otro lado, los equipos de climatización contienen gases refrigerantes (habitualmente gases fluorados) y a su instalación, mantenimiento, reparación y sustitución, les es de aplicación una normativa muy estricta en materia medioambiental, el Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.

Esta normativa, por la que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados, profundiza en la hiperregulación y obliga a:

7.  Disponer de personal habilitado en manipulación de gases fluorados (realizar un curso obligatorio).

8. Otras obligaciones para la empresa que comercializa equipos

9. Presentar  declaración responsable ante la CCAA para solicitar el alta como empresa manipuladora de gases fluorados.

Por otra parte, cuando los gases refrigerantes y aceites de los equipos de climatización son retirados de su ubicación, tienen la consideración de residuos peligrosos. De esta manera, deben cumplir la Ley 22/01, de 28 julio, de residuos y suelos contaminados, que obliga a: 

10. Realizar una comunicación previa ante la autoridad en materia de Medio Ambiente como productor de residuos con el fin de obtener el llamado número NIMA. 

11. Contar con un contrato con una entidad de gestión de residuos. 

Requisitos en materia de subcontratación

Por último, si la empresa trabaja como contratista o subcontratista en obras de construcción – lo que es habitual en el sector- deberá cumplir con la Ley 32/2006, de 18 de octubre, lo que le exige:

12. Estar inscrita en el Registro específico – REA – (excepto que se trate de un autónomo sin trabajadores).

Todo lo mencionado hasta ahora son únicamente requisitos relativos a la actividad específica de climatización, a lo que hay que sumar la normativa que la empresa debe cumplir en materia de Prevención de Riesgos Laborales, Protección de Datos, Protección de los derechos de los consumidores…

Estas exigencias se corresponden exclusivamente con la normativa estatal. Por lo tanto, hay que sumar los requisitos adicionales que muchas comunidades autónomas o ayuntamientos imponen a las empresas. 

En definitiva,  una empresa o autónomo que inicie su actividad en el sector de las instalaciones necesita como mínimo cumplir con los 12 requisitos obligatorios descritos antes de poder empezar a trabajar, y por lo tanto facturar. Esto visibiliza de manera clara el concepto de burocracia e hiperregulación que existe en España y que tanto merma la productividad de nuestras empresas.

Por lo tanto, es necesario que las administraciones públicas simplifiquen trámites burocráticos, unifiquen legislaciones y que no añadan requisitos donde no son necesarios, teniendo en cuenta que el 95 % del tejido empresarial de este país son pequeñas empresas y autónomos que no pueden destinar su valioso tiempo en trámites y burocracia.

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Isaac
Isaac
15/03/2023 15:24

Excelente aportación, Gracias

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