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Bruselas avala el uso de las calderas que utilicen gases renovables más allá de 2040

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
La guía para la transposición de la Directiva de eficiencia energética de los edificios aclara que las calderas que utilicen gases renovables como biometano, hidrógeno renovable o combustibles renovables de origen no biológico podrán seguir operando más allá de 2040.

La Comisión Europea ha publicado recientemente la guía oficial para la transposición de la Directiva sobre la eficiencia energética de los edificios (EPBD). El paquete de documentos dedica un anexo específico a las calderas de combustibles fósiles, en el que ha vuelto a avalar la neutralidad tecnológica y el uso de gases renovables.

La guía tiene el objetivo de proporcionar un marco para conseguir la eliminación gradual de los combustibles fósiles en las calderas en 2040.

A su vez, aclara que las calderas que utilizan gases renovables como biometano, hidrógeno renovable o combustibles renovables de origen no biológico (RFNBOs) no serán consideradas tecnologías basadas en combustibles fósiles a partir de 2040. Es decir, su instalación y operación seguirán permitidas conforme al marco normativo europeo.

En este punto, el anexo destaca las posibilidades del biometano, que “puede utilizarse sin necesidad de modificar los equipos del usuario final, ya que emplea la misma infraestructura de tuberías y almacenamiento”.

De esta manera, la guía elimina ambigüedades previas y descarta la hipótesis de una retirada obligatoria de las calderas que están actualmente en funcionamiento, además de proporcionar seguridad jurídica y operativa tanto a los consumidores como a los agentes industriales y energéticos.

Neutralidad tecnológica

El documento también refuerza la idea de que la clave regulatoria reside en el tipo de combustible empleado a partir de 2040 y no en la tecnología, ahondando en la neutralidad tecnólogica, uno de los principios de la directiva.

Y es que, tal y como puede leerse en la guía, “el combustible utilizado es lo que define si estamos o no ante una caldera de combustibles fósiles“.

Los países de la Unión Europea tienen hasta mayo de 2026 para transponer esta definición a sus respectivos marcos normativos. Además, antes de 2027 deberán presentar planes nacionales de renovación de edificios que incluyan medidas concretas para la promoción de alternativas renovables y la eliminación progresiva de calderas que utilicen combustibles fósiles.

Una reivindicación del sector

La publicación de este documento supone un respaldo a las reivindicaciones del sector de la calefacción, que buscan promover una descarbonización inclusiva en los hogares, apostando por la neutralidad tecnológica y el aprovechamiento de todas las soluciones disponibles.

Desde Sedigas han aplaudido la decisión, subrayando que “no será necesario sustituir los equipos existentes si están habilitados para operar con gases renovables, una condición que ya cumple la amplia mayoría de instalaciones del parque residencial español”.

“Las calderas de condensación de alta eficiencia, implantadas de forma generalizada en el parque residencial, son plenamente compatibles con biometano y mezclas que incluyan hasta un 20 % de hidrógeno renovable, lo que permite maximizar la infraestructura gasista existente”, concluyen desde la asociación.

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