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Periodo 2021-2030

El anteproyecto de Ley que regula el régimen del comercio de derechos de emisión de CO2 rumbo a las Cortes

Por Tania Alvarez
El Consejo de Ministros de este martes, 9 de junio, ha aprobado esta propuesta legislativa que modifica la norma vigente (Directiva UE 2018/410) para adaptarla a los nuevos objetivos de reducción de emisiones de la Unión Europea. El documento también establece la creación de dos nuevos fondos destinados a financiar la transición hacia una economía baja en carbono.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de Ley que regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) en el periodo 2021-2030. Lo ha hecho este martes, 9 de junio, y a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Tal y como explican desde el ministerio liderado por Teresa Ribera, esta propuesta legislativa, ya remitida a la Cortes para continuar con su tramitación parlamentaria, “modifica la norma vigente, para introducir las novedades para el periodo 2021-2030 adoptadas en la Directiva UE 2018/410 y adaptarla a los nuevos objetivos de reducción de emisiones que la Unión Europea se ha marcado como contribución al Acuerdo de París, y que se concretan en, al menos, un 40 % en 2030 con respecto a los valores de 1990″.

El texto recoge, por tanto, la regulación en España de la cuarta fase (2021-2030) del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE) de la Unión Europea, llevando a cabo la transposición de la Directiva (UE) 2018/410: “Define las reglas comunes para todos los participantes en este sistema y establece los mecanismos para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz, en relación con los costes, y facilitar las inversiones en tecnologías bajas en carbono”, aclara.

¿Qué es el RCDE?

El RCDE UE es un instrumento de mercado que persigue un fin de carácter medioambiental. En él, tal y como explica el Ministerio para la Transición Ecológica, “se crea la figura del derecho de emisión, que es una autorización a emitir una tonelada de CO2 equivalente que puede ser objeto de compra venta. El número total de derechos de emisión que se expide anualmente define la ambición medioambiental y la oferta en el mercado”.

Por tanto, continúan explicando fuentes ministeriales, “cuanto menor sea ese total, menores las emisiones que se pueden producir y mayor el precio de derecho en el mercado, y al contrario. De esta manera se estimula la inversión a tecnologías más limpias que permitan a las industrias que operan en el sistema ser más eficientes”.

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Los gases regulados son el dióxido de carbono (CO2), el óxido nitroso (N2O), y algunos perfluorocarbonos (CF4 y C2F6).

Este sistema es la principal herramienta de la UE para regular las emisiones de gases de efecto invernadero de la industria, el sector de generación eléctrica y el transporte aéreo en todos los Estados del Espacio Económico Europeo (los Estados miembros de la UE junto con Noruega, Islandia y Liechtenstein). 

España: un millar de instalaciones afectadas

En total, en la UE cubre a más de 10.500 instalaciones fijas y cerca de 500 operadores aéreos, cuyas emisiones de gases de efecto invernadero se sitúan en torno a las 1.740 millones de toneladas de CO2 equivalente, alrededor del 40 % del total emitido en los países participantes. En España, este régimen afecta a casi 970 instalaciones y a unos 30 operadores aéreos. Supone también en torno a un 40 % de las emisiones totales nacionales de todos los gases de efecto invernadero, según datos del ministerio.

Para lograr el objetivo de la UE de reducción de emisiones de al menos un 40 % en 2030 con respecto a 1990, los sectores incluidos en el sistema de comercio deben lograr una disminución de emisiones conjunta del 43 % en 2030 en relación con los niveles de 2005. Para alcanzar dichos niveles la Directiva (UE) 2018/410 que regula el RCDE UE reforzó algunos aspectos, que ahora se propone trasponer en este anteproyecto de Ley.

Así, la reducción anual de emisiones pasa del 1,74 % durante la fase 3 (2013-2020) al 2,2 % en la fase 4 (2021-2030). Aunque el método principal de asignación de derechos de emisión a las empresas es la subasta, continúa la asignación gratuita.

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Imagen del Consejo de Ministros de este martes.

La propuesta remitida a las Cortes, “mejora -en palabras del Ejecutivo- las disposiciones sobre fugas de carbono, más enfocadas a los sectores en riesgo de fuga de carbono a través de la actualización de los niveles de referencia para reflejar el progreso tecnológico, mejorar la clasificación de los sectores en función de su riesgo de fuga de carbono y mayor alineamiento de los niveles de asignación a los niveles reales de producción. Los niveles de asignación podrán ser revisados para ajustarlos al nivel de actividad de la instalación cuando se produzcan variaciones de +/- 15 %”.

Además, los Estados miembros podrán excluir del sistema a aquellas instalaciones de menos de 2.500 toneladas equivalentes de dióxido de carbono. El régimen de exclusión para instalaciones que emiten menos de 25.000 toneladas equivalentes de dióxido de carbono y hospitales, ya vigente en el periodo actual, seguirá existiendo.

Se crean dos fondos de financiación

También se crean dos fondos: el de Modernización y el de Innovación, destinados a financiar la transición hacia una economía baja en carbono.

  • El Fondo de Innovación: fomentará el desarrollo de nuevas tecnologías otorgando ayudas para la construcción de grandes proyectos de demostración de escala pre-comercial en cuatro principales áreas de actuación: las energías renovables innovadoras, el almacenamiento energético, la descarbonización de la industria, y la captura y almacenamiento o uso del CO2. Se espera que a lo largo de su vida este fondo distribuya a los proyectos elegidos más de 10.000 millones de euros. 
  • El Fondo de Modernización: es una herramienta únicamente accesible para los países con PIB per cápita inferior al 60 % de la media de la UE, y deberá destinarse a modernizar los sistemas energéticos de estos países.

Cabe decir que otro elemento esencial en el nuevo diseño del RCDE UE es la reserva de estabilidad del mercado (vigente desde enero de 2019): “Desde que entró en operación se ha restablecido notablemente el equilibrio entre oferta demanda y, muy recientemente, se ha visto que el efecto de la crisis COVID-19 sobre el derecho de emisión ha sido mucho menor que en otros mercados”, señala el Ministerio de Transición Ecológica.

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