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Los instaladores con CAF tienen hasta el próximo 30 de septiembre para declarar sus existencias de gases fluorados.
Los instaladores con CAF tienen hasta el próximo 30 de septiembre para declarar sus existencias de gases fluorados.

Impuesto de gases fluorados: “Los instaladores tienen muchas dudas sobre la liquidación del CAF”

Quince días después de la entrada en vigor del nuevo reglamento del impuesto de gases fluorados muchos instaladores no han podido adaptarse aún a los principales cambios: la obligatoriedad de declarar las existencias de gases fluorados y la variación en el modelo de facturación. Así lo han contado a este medio algunas asociaciones como Epyme o el Gremi de Instaladores de Barcelona.

La aprobación del nuevo reglamento sobre el impuesto de gases fluorados sigue ‘levantando ampollas’ en todo el sector, también entre los instaladores. Quince días después de su entrada en vigor muchos profesionales aún no han podido adaptarse a los principales cambios derivados de la aprobación del Real Decreto, la obligatoriedad de declarar las existencias de gases fluorados antes del 30 de septiembre y la modificación del modelo de facturación. 

La entrada en vigor del nuevo reglamento supone la desaparción de las exenciones al impuesto de gases fluorados que existían hasta ahora en determinados casos. Esto se traduce, por tanto, en la eliminación de la figura del instalador con CAF, un certificado que hasta ahora les permitía abastecerse de gases fluorados sin tener que pagar el impuesto. 

Las exenciones que se suprimen son aquellas ligadas a la primera carga o entrega de equipos o aparatos nuevos. Además, el hecho imponible, que antes se registraba en la primera entrega, pasa ahora a generarse en la “fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de los gases”, tal y como explica a este medio Daniel Carrasco, director del Gremi de Instaladores de Barcelona

Otro de los principales cambios es que “los equipos de nueva obra ahora sí se gravan con el impuesto, cosa que antes no ocurría”, tal y como han señalado a este medio desde Epyme. De esta forma, se encarecerá en torno a un 10 % la compra de aires acondicionados y equipos de frío.

Plazos para declarar y liquidar 

Los plazos para poder declarar las existencias de los gases fluorados ya están en marcha. Los instaladores tienen hasta el 30 de septiembre para comunicar este stock y hasta el 30 de noviembre para autoliquidar las cuotas devengadas de dichas existencias, un proceso en el que aún muchos de ellos continúan trabajando debido al “desconocimiento” que hay sobre algunos aspectos. 

Fruto de esta incertidumbre sobre la liquidación del CAF, el departamento téncico de Epyme ha recibido una gran cantidad de llamadas en los últimos días, tal y como confirman desde la asociación. “Hay muchas dudas y el reglamento no es del todo claro con respecto a la liquidación, por lo que hemos realizado consultas a Hacienda para poder indicar a las empresas instaladoras cómo realizar esta liquidación final”, señalan. 

Cambios en las facturas 

Otro de los cambios que está generando una gran incertidumbre es la variación en el modelo de facturación, ya que desde el 1 de septiembre las facturas deben consignar el tipo de gas, la cantidad del mismo y el importe del impuesto, algo sobre lo que “aún hay mucho desconocimiento entre los instaladores”. 

El escaso margen que tuvo toda la cadena de valor para poder adaptarse al cambio en las facturas generó preocupación entre los instaladores, que temían inspecciones de Hacienda sobre esta cuestión. Sin embargo, como confirman desde Epyme y el Gremi de Instaladores de Cataluña, “de momento ningún instalador ha informado sobre ninguna inspección”. 

Como instalador con CAF: ¿tienes claro cómo realizar el proceso de autoliquidación de los gases fluorados?

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