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Un año de la publicación de la EPBD: las fechas clave

Por Covadonga Del NeroResponsable de contenidos del área de Climatización y Confort
Desde el área de Climatización y Confort, con la ayuda de CNI Instaladores, realizamos un repaso a las fechas clave que afectan directamente al sector HVAC.

La Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD) se hacía efectiva el 28 de mayo de 2024, después de su publicación, veinte días antes, en el Boletín Oficial de la Unión Europea. Ahora, hace un año de la entrada en vigor de la normativa europea que condicionará a toda la cadena de valor del sector HVAC hasta 2050 y desde Climatización y Confort, con la ayuda de CNI Instaladores, realizamos un repaso a las fechas clave que afectan directamente al sector HVAC -existen más fechas relevantes en la directiva europea de las aquí expuestas, pero su afectación es colateral, como, por ejemplo, el uso de energía solar-.

La primera ya ha pasado. Desde el 1 de enero de 2025, los Estados miembros no pueden conceder ningún incentivo financiero para la instalación de calderas independientes alimentadas por combustibles fósiles, salvo algunas excepciones basadas en ayudas financieras concedidas antes del 1 de enero de 2025, sistemas híbridos con alta proporción de renovables (se permiten incentivos para sistemas de calefacción híbridos, como aquellos que combinan una caldera con una bomba de calor o una instalación solar térmica, siempre que utilicen una proporción considerable de energía renovable) o calderas que funcionan exclusivamente con combustibles renovables, como las calderas de biomasa.

Fechas clave de la EPBD: hasta 2030

  • A más tardar el 29 de mayo de 2026
    • Cada Estado miembro debe establecer una trayectoria nacional para la renovación progresiva del parque inmobiliario residencial. Esta debe ser coherente con la hoja de ruta nacional y los objetivos para 2030, 2040 y 2050 incluidos en el plan nacional de renovación y debe dirigirse a transformar el parque en edificios de cero emisiones antes de 2050. Este debe incluir hitos de 2030 y 2035 para la reducción del uso medio de energía primaria en el parque residencial.
    • Los miembros de la UE deben introducir un sistema de pasaportes de renovación. Debe informar sobre las etapas necesarias, el ahorro energético previsto, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero operativas esperada, así como otra información relevante.
    • Los edificios no residenciales deben estar equipados con sistemas de automatización y control.
  • A más tardar el 31 de diciembre de 2026
    • Los Estados deben presentar a la Comisión Europea el primer plan nacional de renovación de edificios definitivo.
  • A Más tardar el 1 de enero de 2027:
    • Los países de la Unión Europea deben publicar y notificar a la Comisión una hoja de ruta detallando la introducción de valores límite sobre el PCG total acumulado a lo largo del ciclo de vida de todos los edificios nuevos. Además, deberán fijar objetivos para los nuevos edificios a partir de 2030.
  • Desde el 1 de enero de 2028:
    • Todos los edificios nuevos propiedad de organismos públicos deben ser edificios de cero emisiones.
    • Se exigirá el cálculo del PCG a lo largo del ciclo de vida para todos los edificios nuevos con una superficie útil superior a 1.000 metros cuadrados y se indicará en el certificado de eficiencia energética.

Desde 2030 hasta 2050

  • Desde el 1 de enero de 2030:
    • Todos los edificios nuevos deben ser edificios de cero emisiones.
    • Se exigirá el cálculo del PCG a lo largo del ciclo de vida para todos los edificios nuevos y se indicará en el certificado de eficiencia energética.
    • Los Estados miembros establecerán normas mínimas de eficiencia energética para edificios no residenciales que garanticen que, como mínimo, estén por debajo del umbral del 16 % de los edificios menos eficientes en el parque nacional.
  • Desde el 1 de enero de 2033:
    • Los miembros de la UE deben establecer normas mínimas de eficiencia energética para edificios no residenciales que garanticen que, como mínimo, estén por debajo del umbral del 26 % de los edificios menos eficientes en el parque nacional.
  • A más tardar en 2040:
    • Los países de la Unión deben establecer calendarios específicos en sus planes nacionales de renovación para que los edificios residenciales cumplan umbrales máximos de eficiencia energética más bajos. Se apunta a la eliminación completa de las calderas de combustibles fósiles
  • A más tardar en 2050:
    • Se debe lograr un parque inmobiliario de cero emisiones en la UE, lo que implica la transformación de los edificios existentes en edificios de cero emisiones. Los Estados miembros deben establecer calendarios específicos para que los edificios no residenciales cumplan umbrales máximos de eficiencia energética aún más bajos.
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