En el marco de la presente convocatoria de subvenciones, se establece que las inversiones de entre 1.000 euros y 10.000 euros serán subvencionadas al 100 %, mientras que los gastos debidamente acreditados que superen dicha cantidad recibirán una subvención del 60 %. La cuantía máxima es de 20.000 euros por línea y 30.000 euros por persona beneficiaria.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha abierto el plazo para solicitar las nuevas ayudas dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. La convocatoria estará abierta hasta el 24 de noviembre de 2025.
Dentro de las actuaciones subvencionables, destacan la instalación de sistemas de protección contra caídas, la sustitución de maquinaria antigua, la mejora ergonómica de los puestos de trabajo, planes de seguridad vial y programas de salud relacionados con la alimentación y la actividad física.
Beneficiarios y cuantía
Los destinatarios son aquellas personas físicas o jurídicas que cuenten con actividad económica en la Comunidad de Madrid y que tengan uno o varios trabajadores por cuenta ajena. En este sentido, quedan excluidas:
- Las sociedades públicas y entidades de derecho público, así como cualquier empresa u organización en la que su participación sea mayoritaria.
- Las empresas que tengan entre sus actividades el alquiler de material y equipos para aquellos materiales y equipos que se vayan a destinar a su alquiler, comercialización o actividad económica.
- Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, -públicas o privadas-, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
En el marco de la presente convocatoria, se establece que las inversiones de entre 1.000 euros y 10.000 euros serán subvencionadas al 100 %, mientras que los gastos debidamente acreditados que superen dicha cantidad recibirán una subvención del 60 %.
La cuantía máxima de la ayuda es de 20.000 euros por línea y 30.000 euros por persona beneficiaria. De igual modo, las actuaciones deben realizarse en el año 2025.
Requisitos de las nuevas ayudas para reducir la siniestralidad laboral
A continuación, se especifican los requerimientos de las subvenciones para la mejora de la seguridad y la salud en el trabajo, conforme a lo recogido en la sede de la Comunidad de Madrid:
- Tener uno o varios trabajadores por cuenta ajena. No se aplica este requisito en los casos de personas físicas que ejerzan una actividad económica incluida en el Estatuto del trabajo autónomo, que pueden ser beneficiarios de estas subvenciones den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
- Tener su actividad económica en la Comunidad de Madrid.
- Realizar los gastos o actividades objeto de la subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de la comunidad autónoma.
- Presentar una solicitud por cada línea de subvención que desee solicitar.
- Realizar el abono de los gastos en 2025.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- En caso de contar con trabajadores por cuenta ajena, declarar en la solicitud:
- Tipo de modalidad para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas.
- Haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva.
- En caso de ser necesaria la auditoría o evaluación externa del sistema de prevención de su organización, esta se ha superado o se dispone de la correspondiente notificación a la Autoridad Laboral.
- En caso de poderes de firma mancomunados, adjuntar a la solicitud de la ayuda una copia de la misma en formato PDF firmada por todos los mancomunados.
Información complementaria
Las ayudas se otorgarán mediante procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, de forma que la prelación de las solicitudes válidamente presentadas, y que cumplan los requisitos establecidos, se fija únicamente en función de su fecha de presentación dentro del plazo.
Para consultas sobre este trámite, los interesados pueden contactar con el Área de Apoyo, Seguimiento y Evaluación de la Comunidad de Madrid (Calle Ventura Rodríguez, 7, Madrid), el correo electrónico irsst.subvenciones@madrid.org o el teléfono 900 713 123.