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Sanidad levanta el veto a obras y reformas en edificios y viviendas a partir de la Fase 1

Por Tania Alvarez
Desde este lunes, 25 de mayo, con toda España, al menos, ya en esta fase de la desescalada, queda oficialmente suspendida la orden ministerial, del 12 de abril, por la que se prohibían determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.

Desde este lunes, 25 de marzo, se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios habitados existentes. Ésta que había sido establecida por la Orden SND/340/2020, de 12 de abril (modificada posteriormente por la Orden SND/385/2020), deja de estar en vigor a partir de la Fase 1 (incluida) y, por tanto, en las posteriores etapas del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Lo dice la nueva orden aprobada por el Ministerio de Sanidad este sábado, 23 de mayo.

En ella (SND/440/2020), que puede leerse en nuestro apartado de ‘Descargables’, se recoge dicha suspensión de la norma, en concreto, en el punto ocho de su artículo tercero, donde “se introduce una nueva disposición adicional quita sobre las Condiciones para el desarrollo de actividades relacionadas con obras de intervención en edificios”, que dice lo siguiente:

  • Se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, por la que se suspenden determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
  • En la realización de las obras a que se refiere el apartado anterior se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad entre personas de dos metros.

Últimas modificaciones 

Hace poco más de una semana el Ministerio de Industria daba luz verde a las instalaciones en viviendas habitadas, ante la petición de Conaif de que los instaladores de climatización, calefacción y fontanería pudieran seguir desarrollando su actividad en ellas, con todas las garantías de seguridad para profesionales y clientes.

El Ejecutivo lo aclaraba (en la web del citado ministerio), afirmando que sí podían hacerlo, pero “siempre que dichas instalaciones no impliquen una reforma integral de la vivienda, sea posible la sectorización de las estancias donde trabajarán los instaladores de los habitantes de la vivienda, y se utilicen las medidas de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad”.

Parece que ahora éste ha dado un paso más, ya que ha sido el propio ministerio que aprobó en su día la suspensión de estas actividades (de Sanidad) el que ha decidido levantar la prohibición en la Fase 1, 2 y 3.

Desde hoy, ya todo el territorio nacional está en Fase 1 o posteriores, por lo que la suspensión está vigente en todo nuestro país.

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