Inicio / Noticias / Instaladores / El Gobierno prohíbe trabajar al aire libre con calor extremo: esto es lo que debes saber
instalador-calor

El Gobierno prohíbe trabajar al aire libre con calor extremo: esto es lo que debes saber

Por Javier EspadaDirector del área de Climatización y Confort
Las medidas aprobadas en la sesión extraordinaria del Consejo de Ministros de ayer incluyen la prohibición de desarrollar determinadas tareas al aire libre durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo.

El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves en una sesión extraordinaria un Real Decreto ley por el que se adoptan una serie de medidas urgentes en materia agraria y aguas en respuesta a la sequía.

Entre ellas, se incluye la prohibición de desarrollar determinados trabajos al aire libre durante las horas del día en las que se produzcan fenómenos meteorológicos adversos, siempre y cuando la AEMET emita alerta roja o naranja.

Concretamente, la disposición final primera establece la modificación del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se fijan los requerimientos mínimos de seguridad y salud en los lugares de trabajo. El nuevo texto publicado incluye una disposición adicional en la que se especifican las siguientes medidas:

El nuevo Real Decreto ley, al detalle

  • Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en lugares de trabajo que no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas.
  • Las medidas a las que se refiere el apartado anterior derivarán de la evolución de riesgos laborales, que tomará en consideración las características de la tarea que se desarrolle, además de otros aspectos personales y el estado biológico conocido de la persona trabajadora.
  • Estas medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse la protección de la persona trabajadora.
  • En el supuesto en el que se emita por la AEMET un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de los trabajadores, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.

El sector instalador, expectante

Aunque de momento las asociaciones prefieren ser cautas y estudiar con detalle el contenido del nuevo Real Decreto ley, algunas de ellas han reconocido la incertidumbre sobre las posibles consecuencias derivadas de la aprobación exprés de estas nuevas medidas.

Así lo explica Blanca Gómez, directora de CNI, que asegura que estas directrices “afectarán especialmente a aquellos profesionales que realicen trabajos de instalación de las unidades exteriores de los equipos de climatización al aire libre, en cubiertas, fachadas o terrazas”.

Según Gómez, “puede impactar bastante, sobre todo teniendo en cuenta el problema añadido al que deben hacer frente las empresas actualmente con las fechas de entrega y el retraso en el suministro de material“.

Y es que, “si se produce una ola de calor en un momento en el que los materiales llegan con gran retraso, esto puede derivar en posibles pérdidas económicas para la empresa instaladora, al no poder realizar los trabajos en el tiempo comprometido en el contrato”, finaliza.

Notificar nuevos comentarios
Notificar
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Scroll al inicio