Agremia alerta que la venta de equipos sin informar al cliente de que deben ser instalador por empresas habilitadas puede llevar aparejada una sanción de hasta 20.000 euros para el comercializador. Una cifra que también puede ser impuesta al cliente que no justifique debidamente que dicha instalación fue realizada por una compañía autorizada.
Las sucesivas olas de calor que azotan a buena parte de España han tenido como consecuencia el incremento de la demanda de equipos de aire acondicionado. Y como efecto colateral, alerta Agremia, la instalación de dichos equipos realizadas por empresas no habilitadas ha aumentado de manera considerable.
En este contexto, la entidad madrileña recuerda que la ley establece la obligatoriedad de contar con empresas y profesionales habilitados para la instalación, mantenimiento y reparación de equipos que contienen gases fluorados. “Es fundamental que los equipos de climatización sean instalados por empresas habilitadas, que garanticen un servicio profesional, conforme a la ley y con todas las garantías de seguridad y eficiencia”, explica Inmaculada Peiró, directora general de Agremia.
“No cumplir con esta obligación puede derivar en sanciones económicas y problemas legales”, advierte.
Sanciones económicas por instalaciones ilegales de aire acondicionado
En consecuencia, con la normativa en la mano, cabe recordar que la venta de equipos de climatización sin informar al cliente de que los mismos deben ser instalados por empresas habilitadas, puede llevar aparejada una sanción de hasta 20.000 euros para el comercializador, y similar sanción puede ser impuesta al cliente que no justifique debidamente que el equipo que adquirió fue instalado por una empresa habilitada.
En su labor de representación de miles de empresas habilitadas, Agremia recuerda la obligatoriedad de contratar siempre con estas compañías en instalaciones térmicas, “máxime en estos periodos de alta demanda de equipos de aire acondicionado, donde suelen proliferar las personas sin autorización ni habilitación que se aprovechan del desconocimiento que tiene el usuario final de sus obligaciones”.
La normativa en vigor
La comercialización de aparatos de aire acondicionado en grandes almacenes directamente al cliente final no excluye que para su instalación, a excepción de los pingüinos o portátiles, deba ser ejecutada por empresas habilitadas en aplicación de la normativa que regula este tipo de instalaciones (RITE), así como del Real Decreto 115/2017, por el que se regula la comercialización y manipulación de los equipos que utilizan gas fluorado como refrigerante, y la certificación de los profesionales que los utilizan, apunta esta asociación.